| El plazo estará abierto de forma permanente durante la vigencia de estas bases. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 3 meses desde el día siguiente al inicio de la relación laboral.
AYUDAS PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
Objeto
Fomentar la estabilidad en el empleo, a través de la regulación de incentivos a la contratación indefinida en el ámbito territorial de Castilla-la Mancha.
Destinatarios
Los beneficiarios de estas ayudas serán empresas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, entidades privadas sin ánimo de lucro, comunidades de bienes que formalicen contratos de trabajo subvencionables conforme a la base primera de la presente Orden
Requisitos exigidos
- Que la contratación por la que se solicita la subvención suponga un incremento neto del empleo fijo de la empresa con relación al promedio de la plantilla en los seis meses anteriores a la contratación
- Estar radicadas en Castilla-La Mancha, es decir, tener el domicilio o sede social o algún centro de trabajo en la región
- Que el puesto de trabajo generado desarrolle su actividad laboral en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
- Que no concurra en las personas o entidades beneficiarias ninguna de las circunstancias establecidas en la ley 38/2003 General de Subvenciones
- No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad de la ley 11/2003 del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha
- En el caso de ser autónomo deberá figurar inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y realizar su primer contrato de carácter indefinido a jornada completa o parcial a uno de los colectivos señalados en la Base 1ª de la Orden
Importe
- 4.000 euros si el contratado es un hombre
- 8.000 euros si la contratada es una mujer
- 9.000 euros para colectivos alejados del mercado laboral y mujeres víctimas de violencia de género
Dichas cuantías podrán ser minoradas o incrementadas en los supuestos que establece la base 12ª de la presente Orden
Información adicional
Los contratos subvencionables se establecen en la base 1ª punto 2 de la Orden 28/10/2008, así como en el apartado 1º de la Orden 27/01/2010 que modifica la anterior orden.
Marco legal
DOCM: 31/10/08Orden de 28-10-2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para incentivar la contratación indefinida en el ámbito territorial de Castilla-la Mancha
DOCM: 10/02/10Orden de 27/01/2010, , que modifica la Orden de 28/10/2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para incentivar la contratación indefinida en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha
DOCM: 04/03/09Orden de 23/02/2009, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se modifica la Orden de 28/10/2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para incentivar la contratación indnefinida en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Plazo de resolución
Dos meses desde su presentación
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.
¿Qué pasa si la Administración no notifica en plazo?