| Desde el 1 de enero al 30 de noviembre de cada año
AYUDAS ECONÓMICAS DE APOYO POR ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES
Objeto
Conceder ayudas económomicas para el acogimiento de menores
Destinatarios
Familias.
Requisitos exigidos
Los recogidos en el artículo 12 del Decreto de convocatoria.
Marco legal
DOCM: 02/03/10Orden de 10/02/2010, de actualización de los límites de ingresos a tener en cuenta en las ayudas económicas de apoyo al acogimiento familiar de menores reguladas por Decreto 129/2006, de 26/12/2006.
DOCM: 29/12/06Decreto 129/2006, de 26-12-2006, por el que se regulan las ayudas económicas de apoyo al acogimiento familiar de menores, a la adopción de menores y para el desarrollo de programas de autonomía personal en Castilla-La Mancha
DOCM: 13/03/09Orden de 25/02/2009, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, de actualización de los límites de ingresos a tener en cuenta en las ayudas económicas de apoyo al acogimiento familiar de menores reguladas por Decreto 129/2006, de 26 de diciembre.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.
¿Qué pasa si la Administración no notifica en plazo?