DECRETO 344/2008 CAPITULO V: AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL DE LAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS
Objeto
Fomentar el autoempleo de la mujer. Promover cambios sobre el reparto de tareas entre hombres y mujeres
Destinatarios
Trabajadoras autónomas, a título principal o colaboradoras.
Importe
Ayuda para el mantenimiento de actividad mediante la contratación de una persona desempleada que sustituya a la trabajadora autónoma será de 900 euros/mes o 225 euros/semana.
Ayuda para reincorporación a la actividad consiste en una subvención de 900 euros/mes o 225 euros/semana
Ayudas a sufragar los gastos derivados de la atención de los hijos menores de 8 años: gastos de ampliación del horario escolar; para atender la contratación de una empleada al servicio del hogar familiar; acceso a servicios de un CAI y/o del primer ciclo de educación infantil por un importe eauivalente al 50% del gasto realizado. La cuantía máxima de los gastos debidamente justificados será de 1.200 euros
Acceder a servicios de Centro de Atención a la infancia o primer ciclo de educación infantil, además 50% de la cuantía de los gastos sin exceder de 1.200 euros
Información adicional
Las subvenciones relativas a la contratación de una persona empleada del hogar y el acceso a los servicios de un CAI y/o del primer ciclo de educación infantil serán incompatibles entre si.
Los tipos de subvenciones que se establecen para el desarrollo de esta linea se detallan en el artículo 41 del presente Decreto.
Marco legal
DOCM: 21/11/08Decreto 344/2008, de 18-11-2008 por el que ser regulan las subvenciones para el fomento y el desarrollo del trabajo autónomo en Castilla-la Mancha
Plazo de resolución
Máximo tres meses
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.
¿Qué pasa si la Administración no notifica en plazo?