AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN E INVERSIÓN DEL SECTOR ARTESANO
Objeto
Conceder ayudas públicas para la promoción e inversión del sector artesano.
Destinatarios
a) Las asociaciones artesanas; asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector artesano de Castilla-La Mancha y las entidades comercializadoras del sector artesano.
b) Los artesanos/as y empresas artesanas.
c) Los municipios, diputaciones y otras entidades locales constituidas conforme a la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de entidades locales de Castilla-La Mancha y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Importe
Consultar el Capítulo II de la Orden de 08-10-2009, de la Consejería de Turismo y Artesanía, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones a las asociaciones y entidades comercializadoras artesanas, y a las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector artesano de Castilla-La Mancha.
Criterios
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, siendo los criterios y el baremo que se tomarán en cuenta para la valoración de las solicitudes los que se relacionan en el Capítulo III de la Orden de 08-10-2009 la Consejería de Turismo y Artesanía, por la que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones.
Información adicional
Solicitud, que podrá presentarse por internet desde esta misma ficha o llamando al teléfono único de información 012 (902267090 para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha) o por fax desde los siguientes números:
Dirección General de Turismo y Artesanía: 925269470
Delegación Provincial de Albacete: 967596400
Delegación Provincial de Ciudad Real: 926279695
Delegación Provincial de Cuenca: 969178845
Delegación Provincial de Guadalajara: 949223881
Delegación Provincial de Toledo: 925267742
Marco legal
DOCM: 19/10/09Orden de 08/10/2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la promoción e inversión del sector artesano.
DOCM: 29/10/09Resolución de 19/10/2009, por la que se convocan ayudas para la promoción e inversión del sector artesano.
Plazo de resolución
Máximo 8 meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.
¿Qué pasa si la Administración no notifica en plazo?