Autorización de modificación de trazado de vías pecuarias

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1000095

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solicitud de la modificación de algún tramo de vía pecuaria

Organismos públicos o personas interesadas que requieran la modificación de algún tramo de vía pecuaria

La modificación por interés particular se podrá aprobar cuando suponga una mejora de carácter sustancial en el nuevo trazado desde el punto de vista ambiental y en relación con los usos comunes, prioritarios y específicos. En este caso, todos los gastos que genere la modificación del trazado correrán a cargo de la persona interesada.


La persona solicitante deberá acreditar fehacientemente la titularidad y la plena disponibilidad de los terrenos que ofrece para el nuevo itinerario, que no podrán tener servidumbre ni carga de ninguna clase.

Excepcionalmente podrán admitirse terrenos con servidumbres originadas por infraestructuras que posean el carácter de utilidad pública o interés general. Previamente, la persona titular de la instalación debe otorgar la conformidad a la propuesta de modificación y regularizar la infraestructura como ocupación temporal del dominio público pecuario conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 4/2023, de 24 de febrero, por la que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

En la resolución aprobatoria se incluirá la desafectación de los terrenos que pertenecían a la vía pecuaria y la afectación de los terrenos que recibe el dominio público pecuario de la Comunidad Autónoma.


Esta resolución, quedará condicionada a la formalización pública de la permuta de los terrenos afectados por los que discurrirá el nuevo trazado de la vía pecuaria. El documento público habrá de incorporar la resolución que pongan fin al expediente, en los términos del apartado 7 del artículo 17 de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, en su redacción dada por la Ley 4/2023, de 24 de febrero, así como las coordenadas georreferenciadas de las fincas resultantes, si de las resultas del expediente tramitado fuera necesario.


Los nuevos tramos serán entregados por la persona solicitante previamente amojonados, en la forma que la Administración autonómica disponga de conformidad con la normativa establecida.


La resolución favorable de la modificación conllevará la modificación de la correspondiente clasificación de vías pecuarias y, en su caso, de las resoluciones de aprobación de los correspondientes expedientes de deslinde y amojonamiento. En cualquier caso, cuando se produzca la formalización pública de la permuta, el nuevo trazado se considerará clasificado, deslindado y amojonado, mediante resolución aprobatoria a la que se adjuntarán las coordenadas georreferenciadas.

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 5). Para más información Pinche aquí:

http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_026.pdf

Desestimatorio

- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona solicitante

- Croquis de situación a escala 1:25.000

- Plano escala 1:2.000 del tramo base (vía pecuaria afectada)

- Plano escala 1:2.000 del tramo resultante (itinerario propuesto)

- Delimitación geográfica digital (shp, dxf, dgn) de la vía pecuaria afectada y del nuevo itinerario propuesto

Sistema geodésico de referencia de la información ETRS89

- En caso de obra pública, justificación de necesidad de actuar e imposibilidad de utilizar terrenos alternativos, así como la utilidad pública o interés social del proyecto

- Acreditación de titularidad y plena disponibilidad de los terrenos ofrecidos, que no podrán tener servidumbre ni carga de ninguna clase. Nota simple del Registro de la Propiedad con menos de 3 meses de antigüedad.

El nuevo trazado deberá asegurar el mantenimiento de la integridad superficial de la vía pecuaria, la idoneidad y la continuidad del nuevo itinerario para el tránsito ganadero y los demás usos compatibles y complementarios.


Los nuevos tramos serán entregados por la persona solicitante previamente amojonados, en la forma que la Administración autonómica disponga de conformidad con la normativa establecida.


La resolución favorable de la modificación conllevará la modificación de la correspondiente clasificación de vías pecuarias y, en su caso, de las resoluciones de aprobación de los correspondientes expedientes de deslinde y amojonamiento. En cualquier caso, cuando se produzca la formalización pública de la permuta, el nuevo trazado se considerará clasificado, deslindado y amojonado, mediante resolución aprobatoria a la que se adjuntarán las coordenadas georreferenciadas.

Modelos del trámite

Solicitud