Subvención a Entidades Locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1009880

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Constituyen objetivos de esta orden, la atención directa y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual, a través de la prestación de apoyos personalizados en el funcionamiento de los centros vinculados a la atención temprana, a la capacitación e integración sociolaboral, a la atención residencial y en centro de día.

Entidades Locales de la Región

- No encontrarse en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.

- No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.

-No haber sido sancionado por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo practicas laborales discriminatorias.

-Disponer de la autorización de funcionamiento para el centro por el que se solicita la subvención.

La valoración de las solicitudes presentadas será realizada por el órgano colegiado regulado en la base décima. Se efectuará según una escala de 0 a 30 puntos tal y como se refleja en la base novena punto 1 de la Orden de Bases.

3 meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio

Las entidades solicitantes no tendrán la obligación de presentar documentación acompañando al formulario de solicitud , salvo el proyecto técnico.


En el caso de programas de atención temprana, o de aquellos cuyas personas destinatarias sean menores de edad, se presentará declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante cumple el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, conforme al modelo que figura en la sede electrónica.

Una vez notificada la propuesta de resolución provisional y cuando en ella figure un importe de subvención inferior al reflejado en la solicitud presentada, la entidad podrá reformular su solicitud mediante modelo habilitado.

Para más información puede dirigirse a las siguientes direcciones de correo:

convocatoriadiscapacidad@jccm.es

Modelos del trámite

Relación clasificada .XLSX
Formulario de Justificación
MODELO CERTIFICADO
Reformulación