Ayudas para la promoción de productos vinícolas en terceros países

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1001945

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solcitud de ayuda para las acciones de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países que se contienen en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para la aplicación de los tipos de intervención dentro de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español, para la convocatoria de 2024

a) Empresas vinícolas. b) Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas definidas en los art.152 y 156 del R (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre c) Organizaciones interprofesionales. d) Organizaciones profesionales e) Órganos de gestión y de representación de las IGP y DOP vínicas, así como sus asociaciones. f)Asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines

Domicilio fiscal en Castilla-La Mancha

Demostrar, que tienen acceso a la suficiente capacidad técnica para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y que cuentan con los recursos financieros y de personal suficientes

Garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la promoción

Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones

No estar incurso en las circunstancias señaladas en el artículo 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

Productos admisibles: Vinos DOP, IGP o vinos varietales

No encontrarse en situación de crisis, ni hallarse en proceso de haber solicitado la declaración de concurso voluntario,ni haber sido declarada insolvente, ni estar sujeta a intervención judicial o haber sido inhabilitada

a) Fase verificación de la admisibilidad: comprobar cumplimiento de las solicitudes con los requisitos de los artículos 5, 6, 7 y de la Orden 51/2022, de 27 de diciembre.


b) Fase priorización, sólo a los programas que hayan superado la fase anterior. No superarán esta fase programas cuya puntuación no alcance 25 puntos. La puntuación se adjudicará según los criterios establecidos en artículo 12.2.b) de la orden Orden 51/2022, de 27 de diciembre.

Desestimatorio

Anexo I

Anexos II-A y II-B en formato Excel

Documentación acreditativa de la identidad del solicitante

Documentación para acreditar la capacidad financiera

Documentación para acreditar que los costes propuestos no superan los precios normales de mercado,

Documentación para acreditar que se encuentra al corriente con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seg Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en su caso

Relación de ofertas y elección, Anexo VI en formato Excel

Documentación que acredite la elaboración de vinos amparados por una DOP o IGP fuera de Castilla-La Mancha, en su caso

En el caso de ser una empresa vinícola con producción < =500, copia del extracto del libro mayor o doc. equivalente, del último ejercicio fiscal cerrado

Documentación para justificar programas promovidos por mujeres o por personas jóvenes

Los programas se ejecutarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

Las personas físicas y jurídicas estarán obligadas a relacionarse con la autoridad competente a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de los regulados en la presente Orden.

Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ https://notifica.jccm.es/Notifica

Para presentar subsanaciones a su solicitud,https://metaoficina.jccm.es/metaoficina/mostrarRecursosOL.action?model.codSiaci=J59

Para presentar alegaciones al trámite de audiencia https://metaoficina.jccm.es/metaoficina/mostrarRecursosOL.action?model.codSiaci=J59

Modelos del trámite

Anexo IV. Limites ayuda
Anexo III Gastos elegibles
Anexo V Gastos no elegibles
Anexo VI. Relación de ofertas-
Anexo II-A. Presupuesto recapitulativo
Anexo II-B Desglose presupuestos eventos de promoción