Autorización de pesca científica

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1002314

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Autorización para la captura de especies de fauna acuática con fines de investigación

Personas físicas o jurídicas, que pretendan realizar una captura de especies de fauna acuática con fines de investigación.

A la solicitud se adjuntará informe motivado de la institución directamente relacionada con la actividad investigadora del o la peticionaria.
- Deberán cumplirse el resto de requisitos recogidos en el art. 92 del Reglamento de Pesca (Decreto 91/1994, de 13 de septiembre).
- La persona investigadora estará obligada a presentar la autorización en cualquier momento cuando le sea requerido por parte de los agentes de la autoridad.

Desestimatorio

- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona solicitante. - Documento que completa la localización de la actividad.

- Informe motivado de la institución directamente relacionada con la actividad investigadora del o la peticionaria.

Posteriormente a la resolución de la autorización:

- En el caso de empleo de métodos no autorizados para la pesca deportiva, o de empleo de métodos autorizados en lugares o épocas prohibidas, la persona investigadora dará cuenta del programa de capturas, con una antelación mínima de 10 días hábiles al uso previsto de la autorización, con el fin de adoptar las medidas de control pertinentes. Dicho programa convenientemente diligenciado, deberá acompañar a la autorización de pesca científica para que ésta sea válida.

- En un plazo de dos meses a contar a partir de la fecha de caducidad de la autorización y a efectos de su control, la persona investigadora deberá informar del uso hecho de la misma y los resultados obtenidos. La no presentación de este informe excluirá definitivamente cualquier posibilidad de renovación de la autorización a favor del o la investigadora.

Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 15).Para más información. : Pinche aqui

Quedan exentos del pago de esta tarifa las entidades o asociaciones con fines científicos, de investigación o de defensa de

la naturaleza Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notifica)

Modelos del trámite

Solicitud