Reconocimiento y registro de agrupaciones de productores del sector vitivinicola

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1002401

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Reconocimiento de las agrupaciones de productores del sector vitivinícola.

Agrupaciones de productores del sector vitivinícola, constituidas como entidades privadas con personalidad jurídica propia, debidamente reconocidas y que se constituyan por iniciativa propia de los productores.

Los requisitos exigidos se establecen en el artículo 3 de la Orden de 26-01-2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores del sector vitivinícola, los más destacables entre otros, son:
1. Tener personalidad jurídica con arreglo a cualquiera de las formas legalmente establecidas.
2. Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y desarrollar su actividad productiva principalmente dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
3. Otorgar estatutos, en cuyo contenido deberá figurar lo establecido en el artículo 3.3. de la citada orden.
4. Estar constituida, al menos, por dos miembros, que habrán de reunir en cualquier caso un número mínimo de cinco productores en conjunto.
5. El volumen mínimo de producción comercializable deberá ser de 1.000.000 euros/campaña de producción.

Desestimatorio

- Copia del NIF de la entidad.
- Escritura o acta de constitución, inscrita en el Registro correspondiente, copia de los estatutos y, en su caso, del reglamento de régimen interno de la agrupación.
- Certificado del acta de sesión en la que se adoptó el acuerdo de solicitar el reconocimiento como agrupación de productores.
- Memoria en la que se detallen las finalidades, objetivos y previsión de actuaciones iniciales de la agrupación, así como los elementos necesarios para justificar los requisitos establecidos en el artículo 3.6 y 3.7 de la Orden de 26-01-2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores del sector vitivinícola.
- Acreditación de que reúnen el número de miembros y el volumen mínimo de producción comercializable, establecidos en los requisitos.

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