Solicitud de autorización para la utilización de los registros informatizados que se han de llevar en el sector vitivinicola

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1002439

En plazo

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El procedimiento de autorización para la utilización de los registros informatizados.

- Todas las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones de personas que, en el territorio de la Comunidad de C-LM, elaboren, embotellen, almacenen o tengan en su poder bajo cualquier concepto, en el ejercicio de su profesión o con fines comerciales, un producto vitivinícola, deberán llevar unos registros, según los modelos y características que se establecen dicha orden reguladora.
- Los operadores que deseen llevar los registros mediante un sistema informático, deberán solicitar una autorización para la utilización de los registros informatizados y además deberán cumplir con las condiciones establecidas para los operadores y los requisitos del sistema informático, así como el diseño de los ficheros que contienen los registros informáticos.

El Manual de integración al Servicio Web de los Libros de Registro de Bodegas recoge los parámetros y las especificaciones técnicas que han de cumplir los operadores que deseen utilizar un sistema informático.

a) Ser una persona física o jurídica, o una agrupación de personas que, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, elaboren, embotellen, almacenen o tengan en su poder bajo cualquier concepto, en el ejercicio de su profesión o con fines comerciales, un producto vitivinícola.
b) Disponer de un sistema informático que cumpla los requisitos exigidos por la autoridad competente.
c) Llevar todos los registros mediante sistema informático, no siendo posible llevar unos registros mediante un sistema informático y otros registros en formato papel.
d) Disponer de un certificado electrónico acorde a lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
e) Disponer del dispositivo de creación de firma electrónica que la Consejería competente en materia de control oficial de la calidad agroalimentaria facilitará a cada instalación para tal fin.

La autorización concedida tendrá carácter indefinido, sin perjuicio que pueda ser revocada cuando se compruebe el incumplimiento de las condiciones que motivaron su concesión y de las obligaciones establecidas en el art. 7 de la Orden.

Estimatorio

Las personas que deseen solicitar la autorización deberán presentar una solicitud por cada instalación en la que realice su actividad, que se ajustará al contenido del modelo que figura como anexo II de esta Orden y se dirigirá a la persona titular de la Dirección General de la Consejería competente en materia de agricultura que en cada momento tenga atribuidas las competencias en materia de control oficial de calidad agroalimentaria.

Este trámite conlleva el pago de una tasa (tarifa 9) , para más información PINCHE AQUÍ

Modelos del trámite

Modelo libros (Anexo I)
Solicitud (Anexo II)
Modelos
Manual de Integración en la aplicación Libro de Bodegas