Designación de organismos, instituciones y entidades organizadoras de cursos de manipulador de productos fitosanitarios y sus modificaciones.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Del 01 Febrero al 31 de Marzo y del 01 de Octubre al 31 de diciembre de cada año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Designar entidades para impartir cursos para la obtención del carné de manipulador de productos fitosanitarios.
Los cursos de capacitación, podrán ser organizados e impartidos por la Administración, Universidades, Colegios Profesionales, Centros docentes privados, Organizaciones Profesionales Agrarias, y otras Asociaciones de Agricultores o Ganaderos, siempre que sus estatutos, objeto social o fines, estén relacionados con la agricultura, ganadería, medio ambiente o afines.
1. Del Profesorado.
Las titulaciones homologadas para impartir los cursos en sus diferentes niveles son:
a. Titulación habilitante, de acuerdo con lo establecido en cuanto al técnico competente en el artículo 13 y Anexo II del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, para impartir las materias técnicas del programa. Para acreditar que se cumple con lo establecido en dicho anexo será necesario presentar, junto a la titulación, una relación de las asignaturas cursadas.
b. Licenciatura, Diplomatura, Grado o título de formación profesional superior, de la rama Sanitaria para impartir la formación en primeros auxilios del programa.
c. Licenciatura, Diplomatura, Grado o título de formación profesional superior o cualquier otra titulación que pueda acreditar conocimiento suficiente para impartir los temas de Segur
2. Del Programa: en todo caso el programa deberá cumplir, como mínimo, lo recogido en el Anexo III del RD 1311/2012.
3. Del Curso: en ningún caso será superior a 50 alumnos.
Los organismos, instituciones o entidades designadas para impartir los cursos de manipulador de productos fitosanitarios, se inscribirán en el registro de entidades homologadas, dependiente de la Dirección General competente en materia de sanidad vegetal, que se habilitará al efecto y que se hará público en la web www.castillalamancha.es.
3 MESES
Estimatorio
- Escrituras de constitución o estatutos de la entidad para personas jurídicas, o declaración responsable de que sus fines estén relacionados con la agricultura, ganadería, medio ambiente o afines para personas físicas. - Memoria que incluirá, al menos, la siguiente información: - Programa a impartir, especificando las unidades didácticas, horas lectivas, tipo y duración de las prácticas. - Número de plazas ofertadas por curso y los criterios de selección de los asistentes al curso. - Medios materiales y equipos disponibles para desarrollar las clases teóricas y los ejercicios prácticos. - Criterios de evaluación. - Relación de profesores con sus respectivas titulaciones. - Resguardo justificativo del pago de la tasa
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 4).Para más información Pinche aquí
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
- Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Orden de 20/11/2013, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula la expedición de carnés de manipulador de productos fitosanitarios para uso profesional.
- Orden de 23/02/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regulan las actividades de formación en bienestar animal y se crea el Registro de cursos y entidades autorizadas de formación en estas áreas en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas