Presentación justificantes del destino del alcohol
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
20 días hábiles desde que finalice la salida de cada lote de alcohol
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Recepción, revisión y grabación de la información recibida en la aplicación informática, por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Los destiladores cuyas instalaciones radiquen en el territorio de Castilla-La Mancha, que estén autorizados para percibir las ayudas previstas en el artículo 45 del Real Decreto 905/2022.
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*Justificante del destino del alcohol
*Copia de los documentos de acompañamiento que amparen la circulación de productos objeto de impuestos especiales de fabricación. *Actas resumen diario de recepción de alcohol cumplimentadas por la empresa de recepción del alcohol
*Compromiso escrito del destinatario de utilizar dicho alcohol exclusivamente con fines industriales o energéticos
*Fichero informático " Fichero de Justificación del destino del alcohol"
En caso de justificar el alcohol mediante desnaturalización en destilería, además de la documentación anterior:
*Justificante del destino del alcohol *Copia del acta de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales, en la que consta la desnaturalización del alcohol.
*Partes de fabricación (520) del alcohol desnaturalizado.
*Copia de los boletines de análisis, realizados por los Laboratorios de Aduanas e Impuestos Especiales, previstos en el artículo 73.1 d) del Real Decreto 1165/1995 de los Impuestos Especiales, de las partidas de alcohol desnaturalizado por las que se solicita ayuda
*Copia de los documentos de acompañamiento que amparen la circulación del alcohol desnaturalizado, en su caso *Fichero informático " Fichero de Justificación del destino del alcohol"
La fecha límite de justificación del destino del alcohol es el 31 de enero de la campaña vitícola siguiente a la que se le concedió la ayuda.
Todas las notificaciones que se dirijan a los interesados se llevarán a cabo por procedimientos telemáticos, utilizando para ello sólo medios electrónicos. A tal efecto, la persona interesada deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
- Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Orden 23/2024, de 14 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se regula la obligación de retirada de los subproductos de la vinificación, se precisan las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación en Castilla-La Mancha establecida en la Intervención Sectorial del Vino para el período 2024-2027 y se establece su convocatoria para todo el periodo. Extracto BDNS (Identif.): 744233.
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