Solicitud de modificación a los proyectos de reestructuración y reconversión de viñedo

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1003281

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

CON ANTERIORIDAD A LA SOLICITUD DE LA CERTIFICACIÓN DE LA PARCELA

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solicitar la modificación de alguna de las parcelas iniciales, finales y/o características aprobadas en las solicitudes de reestructuración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la orden reguladora de bases.

Viticultores titulares de solicitud de reestructuración que quieran modificar alguna de sus parcelas iniciales y/o finales aprobadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la orden reguladora de bases.

a) No pueden comprometer el objetivo global de la operación indicado en el anexo II parte B, o en el caso de que una operación tenga varios de los objetivos globales debido a sus características, no se comprometan todos ellos.

b) Deben de estar debidamente justificadas.

c) No pueden implicar un incremento de la ayuda aprobada, ni cambios en la admisibilidad o en la ponderación recibida en el procedimiento de selección si esto supone que se quede por debajo de la puntuación de corte entre solicitudes aprobadas y no aprobadas.

- No debe comprometer los objetivos de las operaciones en su conjunto, deben estar debidamente justificadas.

- En ningún caso se aumentará la subvención inicialmente aprobada.

Desestimatorio

Deberá presentar el Anexo VI-a debidamente cumplimentado.

Modelos del trámite

ANEXO VI-A.SOLICITUD MODIFICACIÓN