Solicitud de ayudas para la realización de cursos de formación, talleres y breves estancias o intercambios y visitas. Ejercicio 2019

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1003462

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Contribuir al aumento de la cualificación profesional de las personas dedicadas a actividades agrarias y no agrarias dentro del entorno rural y destinadas a personas que ejerzan o vayan a ejercer su actividad profesional en los sectores agrícola, ganadero, forestal y agroambiental, en el marco del art.14 del R (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural través del FEADER y del PDR de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Las entidades que impartan las acciones formativas previstas en las operaciones incluidas en el artículo 4 de esta Orden de bases y, en concreto, las pequeñas y medianas empresas y organizaciones profesionales agrarias u otras asociaciones de ámbito al menos provincial introducidas en el medio rural con capacidad técnica y económica, instalaciones y medios propios adecuados para llevar a cabo las actividades de formación.

No concurrir ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como acatar el contenido del artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de ayuda.

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, produciéndose el reparto de las ayudas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la orden de bases.

Estas ayudas son cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) con un 90%, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con un 3 % y la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con un 7%.
Los límites máximos de la convocatoria dedicados a los cursos de formación y jornadas de formación será de 1.105.000 euros. Para las Breves Estancias será de 195.000 euros. El límite máximo subvencionable por beneficiario será de 200.000 euros.
La cuantía de las subvenciones a conceder será del 100% del presupuesto de las actividades formativas, sin superar los límites anteriormente indicados. El IVA no es un gasto subvencionable excepto cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre el IVA.

Desestimatorio

- Fotocopia del documento acreditativo de la naturaleza de la entidad y de sus estatutos.
- Documento acreditativo del poder de representación.
- DNI de la persona representante.
- Ficha técnica de cada tipo de actividad formativa (según modelo de la orden de bases anexo VII).
- Relación de personal capacitado para llevar a cabo las acciones formativas.
- Acreditación de los docentes de formar parte de la plantilla de trabajadores.
- Acreditación de la experiencia en prestación del servicio de formación emitida por las entidades por las entidades responsables de los mismos.
- Acreditación de la experiencia formativa y la gestión y organización de eventos que impliquen desplazamientos y viajes enfocados al intercambio en explotaciones agrícolas y forestales.
- Memoria detallada de las infraestructura, capacidad técnica, instalaciones administrativas, aulas y equipos didácticos que pone a disposición del programa formativo.
- Memoria detallada de la estructura y capacidad administrativa para planificar, organizar y gestionar intercambios de participantes.

Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@
Correo electrónico: formacionagraria@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO VI Solicitud
Anexo VIII Solicitud Asistencia
Anexo XXI Estructura Fichero
Anexo VII Ficha Técnica AAFF
Anexo XX Temática