Modificación del Plan de Seguimiento de emisiones de gases de efecto invernadero

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1003571

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Adecuar el Plan de Seguimiento de las emisiones anuales de gases de efecto invernadero a las características de la instalación, conforme al artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de 19 de diciembre de 2018, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE.

- Las instalaciones sometidas al régimen de autorización del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (según el Anexo I de la Ley 1/2005) que deban modificar el Plan de Seguimiento por alguno de los motivos enumerados en el artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066.
- Las instalaciones con resolución de exclusión del régimen de comercio de gases de efecto invernadero para el periodo 2021-2030, de acuerdo con dichas resoluciones, que requieran modificaciones en sus respectivos planes de seguimiento.

- Las modificaciones del Plan de Seguimiento deben de presentarse según la plantilla oficial que se puede descargar en su versión española, en la página del Ministerio:
https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/el-comercio-de-derechos-de-emision-en-espana/seguimiento-y-verificacion-de-las-emisiones/
Las modificaciones deberán registrarse como una nueva versión del Plan, numeradas correlativamente, de manera que queden registradas todas las modificaciones que han operado desde el principio del periodo de autorización 2021-2030.

Los establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE.

Estimatorio

- Plan de Seguimiento de la Instalación
https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/el-comercio-de-derechos-de-emision-en-espana/seguimiento-y-verificacion-de-las-emisiones/
- En su caso, documento que acredite por cualquier medio válido en derecho la representación que ostenta la persona representante.

Pueden realizar consultas en el Servicio de Prevención e Impacto Ambiental por correo electrónico (eambiental@jccm.es) Más información en la página web del Ministerio:
https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/el-comercio-de-derechos-de-emision-en-espana/seguimiento-y-verificacion-de-las-emisiones/
Este procedimiento conlleva el pago de una tasa, para más información http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_022.pdf
Las instalaciones excluidas del régimen de comercio de gases de efecto invernadero para el periodo 2021-2030 NO están sujetas al pago de la tasa por modificación del plan de seguimiento.

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 601/2012 de la Comisión.
  • Directiva 2009/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
  • Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.