Deposito de las cuentas anuales de las sociedades cooperativas en el registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1003652

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Dentro de los 2 meses desde la aprobación de forma provisional de las cuentas anuales por el órgano de gobierno o de forma ordinaria por la Asamblea General de la cooperativa. - Aprobación definitiva: Cuando al Asamblea General se pueda reunir.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Comprobar que cumplen los requisitos establecidos en Ley 11/2010, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, en el Decreto 214/2015, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, y en la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilación y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuparación y disponer su depósito a efectos de publicidad para terceros.

Todas las sociedades cooperativas y en su caso, las asociaciones, uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas inscritas en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

Los establecidos por los artículos 95 y 96 de la la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, por los artículos 77 y 78 del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha y por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.

Los de los arts. 95 y 96 de la la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, los arts. 77 y 78 del Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, y los de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.

20 DÍAS DESDE LA PRESENTACIÓN ANTE LA CORRESPONDIENTE UNIDAD REGISTRAL DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE C-LM.

TASA: 10,97 euros.

Estimatorio

Copia electrónica en PDF de los siguientes documentos, firmados electrónicamente por las personas correspondientes en cada caso o rubricados manualmente por las mismas:
1º) Documentación acreditativa de la representación, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TRAMITACIÓN ORDINARIA:
-Común, sea cual sea el modelo de cuentas:
2º) Certificado del acta del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales y de la aplicación de los resultados por la Asamblea General, que identificará las cuentas anuales, el ejercicio al que corresponden y el resultado de su distribución.
3º) Balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y declaración medioambiental,
4º) Certificado del número y clase de los socios y de las altas y bajas producidas durante el ejercicio.
5º) Informe de los auditores de cuentas, en su caso.
6º) Informe de los Interventores.
7º) Hoja de firmas de los firmantes de las cuentas.

-Si se presenta modelo de cuentas normal:
Además de los comunes:
8º) Estado de cambios del patrimonio neto.
9º) Estado de flujos de efectivo.
10º) Informe de gestión.
TRAMITACIÓN PROVISIONAL (APROBACIÓN DE LAS CUENTAS POR EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE FORMA EXCEPCIONAL A CAUSA DEL COVID):
-Con la solicitud inicial:
Los mismos documentos, sustituyendo el documento 2º) por el siguiente:
2º) Certificado del acta del acuerdo de aprobación provisional de las cuentas por el órgano de administración, que identificará las cuentas anuales, el ejercicio al que corresponden, el resultado de su distribución y la medida sanitaria aplicada.

-Y cuando al Asamblea General ya se pueda reunir:
11º) Certificado del acta del acuerdo de aprobación definitiva de las cuentas por la Asamblea General, que identificará las cuentas anuales, el ejercicio al que corresponden y el resultado de su distribución.

La pandemia del COVID-19 y las medidas sanitarias para combatirla han impedido en muchos casos la celebración de las Asambleas Generales para la aprobación de sus cuentas anuales. Para dar una respuesta, la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, en su Disposición Adicional Segunda, establece un sistema de doble vuelta para la aprobación de las cuentas anuales, con una aprobación provisional por los órganos de administración cuando no sea posible que la Asamblea se reúna, y una aprobación definitiva cuando ya sea posible dicha reunión. La presente aplicación permite esa nueva tramitación y también la ordinaria, como antes de la pandemia, si se pudieron reunir.

Las aprobaciones definitivas, deberán presentarse adjuntando únicamente el certificado de aprobación al expediente a través del trámite CONSULTA DE EXPEDIENTE Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ADICIONALES.

Modelos del trámite

Hoja de Firmas
Modelo documento representacion
Modelo Certificado Aprobación Cuentas
Modelo Certificado Altas y Bajas
Manual Oficina Virtual
listado de gestores
Instrucciones Generales