Comunicación de plantaciones experimentales

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1003810

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Realizar la comunicación a la Administración de la plantación que se va a destinar a fines experimentales o producción de viñas madre de injerto para que pueda ser exceptuada del régimen de autorizaciones para plantaciones de viñedo.

Explotadores de parcelas de viñedo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Se deberá comunicar la intención de realizar la plantación antes de llevar esta a cabo.

Una vez ejecutada y antes del final de la campaña vitícola, se deberá comunicar la plantación realizada mediante el anexo II (ver anexo)

La uva producida y los productos vinícolas obtenidos no podrán comercializarse durante los periodos en lo que tengan lugar el experimento o la producción de viñas madre de injerto.

Al término de la producción se deberá:
- Arrancar las vides
- Obtener autorización de plantación

Estimatorio

- Copia del NIF de la persona solicitante, sólo en el caso de que se oponga a su consulta por parte de la Administración
- Copia del NIF del/la representante legal, si procede
- Apoderamiento bastante de la persona firmante, si la solicitud es presentada por una persona distinta a la del solicitante o su representante
- Si el solicitante es una persona jurídica, una agrupación de personas jurídicas o comunidad de bienes, escritura pública constitutiva de la agrupación o comunidad, designando un representante, y en la que figuren los compromisos asumidos por sus miembros en relación con el derecho de uso sobre el viñedo
- Croquis sobre la salida gráfica de SIGPAC donde se identifique/n la/s parcela/s a plantar

En el caso de que se esté obligado a la presentación telemática de la comunicación, el interesado o, en su caso el representante, deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Para acceder a Notific@: Pinche aquí

Modelos del trámite

Anexo I Comunicacion Previa