Transferencia de autorizaciones de plantación y/o derechos de plantación

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1003817

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solicitar la transferencia de autorizaciones o de derechos de plantación cuyo periodo de validez no se haya alcanzado, en los siguiente supuestos:
a. Herencia por mortis causa o herencia anticipada.
b. Fusiones y escisiones de personas jurídicas

Viticultores

En el caso de heredar una autorización de plantación por herencia mortis causa o herencia anticipada, el heredero deberá tener a su disposición la superficie concreta para la que fue concedida la autorización y estará obligado a cumplir los compromisos que se hubieran adquirido en el momento de la concesión de la autorización.

En el caso de fusiones y escisiones de personas jurídicas, si el titular de la autorización de plantación no mantiene su personalidad jurídica podrá utilizar las autorizaciones o los derechos asumiendo todos los derechos y obligaciones del titular al que se le concedieron.

Estimatorio

En todo caso:
- Copia del NIF de la persona solicitante, sólo en el caso oponerse a su consulta.
- Copia del NIF de la persona representante legal, sólo en el caso oponerse a su consulta.
- Apoderamiento bastante de la persona firmante.
- Estatutos/escritura de constitución (persona jurídica y comunidad de bienes).
- Documentación acreditativa de ser explotador de la superficie agraria en la que se solicita plantar, en el caso de que la parcela no se encuentre inscrita en el REGEPA en la explotación del titular.
Para transferencias por herencia mortis causa:
- Escritura de partición de herencia o partición judicial.
- En el supuesto de no existir la documentación anterior, certificado de defunción, testamento o declaración de herederos y documento de partición privada.
Para transferencias por herencia anticipada:
- Documentación acreditativa de la transmisión.
Para fusiones y escisiones de personas jurídicas:
- Escritura pública que refleje la correspondiente situación.

Este trámite conlleva el pago de una tasa (tarifas 6, 7, 8), para más información pinche aquí

En el caso de que se esté obligado a la presentación telemática de la comunicación, el interesado o, en su caso el representante, deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha .

Para acceder a Notific@ Pinche aquí

Modelos del trámite

Solicitud