Comunicación de variaciones en la destileria autorizada para solicitar ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1004267

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Confirmación o denegación de la autorización de la destilería en función de las variaciones comunicadas.

El destilador que sufra alguna variación en relación a las condiciones en virtud de las cuales se concedió la autorización deberá comunicarlo de forma inmediata y, en todo caso, en el plazo de diez días desde la fecha en que se produzcan dichas variaciones.

a) Que las instalaciones de la destilería estén ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) No estar incursa en las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Estimatorio

a) En el caso de que la solicitud se haga a través de representante, documento que lo acredita como tal o declaración en comparecencia del interesado.

b) Certificado expedido por la Oficina Gestora de Impuestos Especiales, autorizando su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales, aceptando las variaciones en la instalación.

Todas las notificaciones que se dirijan a los interesados se llevarán a cabo por procedimientos telemáticos, utilizando para ello sólo medios electrónicos. A tal efecto, la persona interesada deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://notifica.jccm.es/notifica/).