Ayudas en especie consistentes en la ejecución de actuaciones de mejora y acondiciónamiento de caminos rurales

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1004372

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

La solicitud de modificacion se presentara siempre que no se hubiera ejecutado la mejora o adecuacion solicitada inicialmente y en todo caso, antes del 31 de octubre de 2019

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El objeto de la presente Orden es establecer las bases y convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas en especie de mejora y acondicionamiento de caminos rurales para su inclusión en un Plan de Actuaciones a ejecutar por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (en adelante Consejería) de conformidad con lo dispuesto en la operación 4.3.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas en especie previstas en la presente Orden los municipios y entidades locales menores (EATIM) de Castilla-La Mancha titulares de caminos rurales, que no estén incursos en las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 19 de noviembre, General de Subvenciones o en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y presenten una solicitud de conformidad con lo dispuesto en estas bases.

a) Ser caminos de titularidad pública.
b) Las entidades que soliciten las ayudas deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales en los términos que les resulte exigible por normativa laboral y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
c) Estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
d) El tramo de actuación propuesto no deberá haber sido objeto de financiación por el mismo concepto con fondos FEADER en los últimos cinco años, salvo daños causados por fenómenos naturales extraordinarios o extremos que tengan una declaración oficial.
e) Las actuaciones deben someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental y contar con los permisos necesarios.

La concesión de las ayudas previstas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos y condiciones de elegibilidad contemplados en estas bases serán objeto de selección atendiendo a los criterios establecidos en el Anexo II de esta Orden. La comparación, priorización y resolución de las solicitudes se efectuará a nivel provincial en atención a los créditos asignados a cada provincia.

La subvención consiste en una ayuda en especie, al ser la Consejería la que realizará la actuación subvencionable consistente en la mejora y adecuación de caminos rurales con la finalidad de entregarlos a los Municipios y entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM).

Desestimatorio

a) Solicitud cumplimentada
b) Certificación de Decreto de la Alcaldía y/o Certificación de acuerdo plenario de los caminos a solicitar su mejora

Para presentar subsanaciones a su solicitud PINCHE AQUÍ

Modelos del trámite

Anexo V. Certificación
Ampliación de Solicitud de Caminos rurales
Anexo V. Certificación únicamente Guadalajara