Solicitud de las ayudas para el mantenimiento y mejora de la biodiversidad en acciones que repercuten en el estado de conservación de la Red Natura 2000

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1007696

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Las ayudas que tienen como finalidad principal la de restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad de los hábitats y especies incluidos en la Red Natura 2000, garantizando la protección de los ecosistemas naturales que forman parte de ella.

Titulares de explotación agraria o una agrupación de titulares, ayuntamientos, entidades locales de ámbito inferior al municipio, mancomunidades de municipios, empresas privadas y personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro , que realicen las actuaciones objeto de la presente orden en las áreas definidas en las Bases Reguladoras.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como en el reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No estar incursa en el resto de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursa en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

d) En el supuesto de que la persona solicitante sea una sociedad incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, sujeta a la posibilidad, de acuerdo con la normativa contable, de presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, cumplir con los plazos de pago previstos en la citada ley, conforme señala el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) En el caso de personas físicas, administradores/as de las sociedades mercantiles o quien ostente la representación legal de otras personas jurídicas, no estar incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

f) En el supuesto de estar sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, las personas beneficiarias deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

g) No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias según la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla- La Mancha y la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.


El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Priorizado por:

Criterio 1. en función de su localización

Criterio 2. en función de su objetivo

Criterio 3. Identificación en el documento de planificación o justificación de la misma

Criterio 4. actuaciones sobre recursos con mayor grado de protección

Criterio 5. actuación en zona rural

Criterio 6: actuación ITI

Plazo máximo de seis meses, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio

1) Documentación acreditativa de la identidad, en el caso de que conste su oposición expresa. 1º. En el caso de personas físicas, copia del NIF/NIE

2º. En el caso de personas jurídicas, copia del NIF y copia de la escritura o documento de constitución, acta fundacional u otro documento acreditativo de su constitución, así como de sus modificaciones posteriores.

3º En el caso de solicitudes presentadas por comunidades de bienes o agrupaciones de titulares, copia de la escritura o documento de constitución, acta fundacional u otro documento acreditativo de su constitución, así como de sus modificaciones posteriores y documento que acredite la representación.

2) En caso de actuar por medio de representante:

1º. Copia del NIF/NIE de la persona representante en el caso de que conste su oposición expresa. 2º. Documento que acredite la representación mediante cualquier medio válido en derecho.

3) Titularidad

- Copia de la escritura de propiedad, nota simple registral, o certificado del Registro de la Propiedad o excepcionalmente, el certificado catastral.

- Copia del contrato de arrendamiento, cesión, aparcería, o documento de usufructo válido en derecho, suscritos y liquidados de impuestos. Autorización del propietario para la realización de los trabajos o actuaciones.

- En el caso de Entidades Locales o sus asociaciones certificado emitido por la persona titular de la Secretaria del Ayuntamiento con el visto bueno del titular de la Alcadía, en el que conste que el inmueble figura incluido en el Inventario de Bienes.

- En el caso de que se soliciten actuaciones en terrenos en régimen de proindiviso, acuerdo unánime de todos los titulares autorizando al solicitante de la ayuda.

4) Documentación técnica.

- Memoria técnica valorada

5) En el caso de que el IVA no sea recuperable según la legislación nacional sobre ello, se acreditará mediante documento justificativo de la Agencia Tributaria.

6) En el caso de sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, certificación, emitida por persona auditora inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.

-Las ayudas convocadas serán de aplicación en áreas que tengan repercusión directa sobre los hábitats de especies o especies de flora y fauna de la Red Natura 2000, designadas como LIC, ZEC, ZEPA o áreas clasificadas como Sistemas de Alto Valor Natural, y ubicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

- Acciones subvencionables:

a) Acciones de restauración y conservación de zonas húmedas y áreas degradadas.

b) Acciones que incrementen la biodiversidad faunística

c) Acciones de mejora y fomento de lindes y setos en zonas de ribera y esteparias, así como recuperación de elementos del paisaje

d) Costes asociados a la eliminación y control poblacional de especies del catálogo nacional de especies exóticas invasoras

e) Inversiones destinadas a la protección de hábitats considerados como prioritarios

f) Acciones para el establecimiento o restablecimiento de corredores

g) Acciones de conservación y mantenimiento de árboles singulares y rodales maduros



Para subsanación pinche aquí: https://metaoficina.jccm.es/metaoficina/mostrarRecursosOL.action?model.codSiaci=L25