Comunicación de cambio de titularidad y aceptación expresa de las condiciones de las ayudas para el mantenimiento y mejora de la biodiversidad en acciones sobre Red Natura 2000

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1005309

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

15 días, contado a partir de la fecha en que tuvo lugar la transmisión.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Comunicar la transmisión de la titularidad de una superficie objeto de subvención, así como la aceptación expresa del nuevo titular.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los titulares de una explotación agraria o una agrupación de titulares, los ayuntamientos, las entidades locales de ámbito inferior al municipio, las mancomunidades de municipios, las empresas privadas y las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro.

Sólo se tramitarán expedientes completos, con sus derechos y obligaciones. Dicha transmisión solo se llevará a cabo si el nuevo titular lo acepta expresamente.

Desestimatorio

- Aceptación expresa del nuevo titular de las condiciones en las que se concedió la ayuda.
- En sociedades, certificación de su inscripción en el Registro Mercantil, y documento válido en derecho que acredite la representación legal del representante.
- En su caso, certificado de defunción, así como declaración de herederos y asignación de herencia.
- Otros documentos que acrediten la transmisión de los derechos reales de posesión o de usufructo de los terrenos forestales.

Modelos del trámite

Anexo IV.a). Solicitud.
Anexo IV.b).Aceptación cambio titularidad.