Solicitud de ayuda para la financiación de actuaciones en materia de redacción de diversos instrumentos de planeamiento urbanístico.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Concesión de subvenciones, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, a Municipios de Castilla-La Mancha, para la redacción o revisión del planeamiento general municipal de conformidad con la normativa urbanística autonómica vigente y la redacción de Planes Especiales para la Protección de cascos históricos y de Reforma Interior que tengan por objeto el desarrollo de Actuaciones Regeneración y Renovación Urbana en áreas urbanas degradadas.
Municipios de la Comunidad Autónoma cuya población de derecho no exceda los 10.000 habitantes, según el censo de población del Instituto Nacional de Estadística de 2017, y que procedan a la elaboración de instrumentos de planeamiento general o a su revisión y Municipios de la Región que procedan a la redacción Planes Especiales para la Protección de cascos históricos y de Reforma Interior que tengan por objeto el desarrollo de Actuaciones Regeneración y Renovación Urbana en áreas urbanas degradadas.
Municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha cuya población de derecho no exceda de los 10.000 habitantes de derecho, en el supuesto de actuaciones para la redacción de instrumentos de planeamiento general.
Proceder a la contratación, redacción y tramitación de instrumentos de planeamiento general municipal o a su revisión, hasta su aprobación definitiva y publicación, en los plazos máximos establecidos en la Orden.
Proceder a la contratación, redacción y tramitación de Planes Especiales para la Protección de cascos históricos cuyo objeto sea la adopción de medidas para la mejor conservación de inmuebles, conjuntos o jardines de interés cultural o arquitectónico, así como los de Reforma Interior que tengan por objeto el desarrollo de Actuaciones Regeneración y Renovación Urbana en áreas urbanas degradadas en plazo de la Orden.
No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La concesión de las subvenciones se tramitará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva en base a los siguientes criterios de valoración (art. 14 Orden) : realización de trabajos previos del instrumento, tipo de instrumento de planeamiento vigente, presupuesto municipal, población de derecho, municipios incluidos en ITI¿s, instrumentos que incluyan ordenanza de regulación estética de las edificaciones y el espacio urbano.
2 MESES
La cuantía total máxima estimada para esta convocatoria es de 3.375.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1706.0000/G/432A/760.00 de los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
La cuantía máxima subvencionable será de 50.000 ¿ en el caso de municipios hasta 10.000 habitantes y de 40.000 ¿ si se trata de Municipios cuya población de derecho no supere los 5.000 habitantes, cuantías que podrán incrementarse en un 10 % para aquellos Municipios cuyos instrumentos de planeamiento general incluyan la realización de actuaciones concretas de rehabilitación urbana.
Para Planes Especiales para la Protección de cascos históricos y Planes de Reforma Interior que tengan por objeto el desarrollo de Actuaciones Regeneración y Renovación Urbana la cuantía máxima será de 30.000 euros por instrumento.
Desestimatorio
a) Modelo de solicitud, en la que se contiene, entre otras, la siguiente información:
a1) Declaración responsable de la persona titular de la Alcaldía-presidencia del Consistorio en cuestión, en la que quede acreditado que el solicitante no está incurso en ninguno de los supuestos reflejados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
a2) Número de cuenta corriente en la que el solicitante desea que se le abone la subvención, en el caso de resultar beneficiario de la ayuda. Este dato deberá ser aportado exclusivamente cuando no conste ya en la Consejería de Fomento o haya sido modificado;
a3) En el caso de que el solicitante deniegue expresamente la autorización de comprobación a la Administración autonómica, deberá aportarse junto a la solicitud certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Gobierno de Castilla-La Mancha.
b) Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento en cuestión, donde conste la adopción de acuerdo del órgano municipal competente por el que se solicita la ayuda regulada en la presente Orden a la Administración autonómica.
c) Certificado expedido por el Interventor o Secretario Municipal sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de la presente orden, y sobre la deducibilidad por parte del Ayuntamiento de la cuota de IVA soportado en la actividad objeto de la subvención.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Decreto 178/2010, de 01/07/2010, por el que se aprueba la Norma Técnica de Planeamiento para Homogeneizar el Contenido de la Documentación de los Planes Municipales.
- Resolución de 21/11/2018, de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas para la financiación de actuaciones en materia de redacción de diversos instrumentos de planeamiento urbanístico.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas