Ayudas para sufragar el sobrecoste de los contratos del plan de empleo 2018, con motivo del incremento del salario mínimo interprofesional para 2019.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005478

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvenciones en régimen de concesión directa, destinadas a sufragar el sobrecoste de la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión, realizada en el marco del Plan de Empleo convocado por la Resolución de 22/05/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo, como consecuencia del incremento del salario mínimo interprofesional para 2019.

Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las agrupaciones de municipios y las entidades sin ánimo de lucro.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
b) No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25/09 o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
c) No encontrarse incursa en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13.2 y 3,de la Ley 38/2003, de 17/11.
d) No haber sido sancionadas por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

La subvención se adjudicará, previa solicitud, a las entidades beneficiarias del programa convocado en la Resolución de 22/05/2018, de la Dirección General de Programas de Empleo para la financiación, a partir del 1 de enero de 2019, de los costes laborales de las personas contratadas para la ejecución de los proyectos de interés general y social previstos en dicha convocatoria, debido al incremento del salario mínimo interprofesional para 2019.

Previstos en el artículo 8 del borrador del Decreto regulador de esta subvención.

Desestimatorio

Formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Casilla-La Mancha, adjuntado la siguiente documentación:
* Código de Identificación Fiscal (C.I.F.)
* Anexo II
* Otros documentos (en caso de agrupación de municipios aportar documentación que la acredite)