Comunicación del Colegio Oficial de Farmacéuticos sobre horario superior al mínimo oficial de oficinas de farmacia o sobre sustituto en caso de ausencia por vacaciones
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comunicación del Colegio Oficial de Farmacéuticos, conforme al Decreto 23/2013, del establecimiento, modificación o cese del horario superior al mínimo oficial de la oficina de farmacia (art.5) o del nombramiento de sustituto en caso de ausencia por vacaciones (art.10.1.a).
Colegio Oficial de Farmacéuticos.
no conlleva tasas
- Poder de representación, en su caso.
- Documentación acreditativa de la petición realizada por el farmacéutico interesado.
En caso de sustitución:
- Copia de la titulación del farmacéutico sustituto en el caso de que se oponga a que la administración la verifique.
- Declaración responsable del sustituto de que no incurre en ninguno de los supuestos de incompatibilidad del artículo 80 de
la Ley 5/2005, de 27 de junio.
DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
- ALBACETE. Avda. Guardia Civil, Nº 5. CP-02071. Teléfono: 967 55 79 00
- CIUDAD REAL. C/ Paloma, Nº 7. CP-13071. Teléfono: 926 27 60 00
- CUENCA. C/ de las Torres, Nº 43. CP-16071. Teléfono: 969 17 65 00
- GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, Nº 1. CP-19071. Teléfono: 949 88 55 00
- TOLEDO. C/ Guadalmena, Nº 2. CP-45071. Teléfono: 925 26 64 00
- Ley 5/2005, de 27/06/2005, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 11/2019, de 18 de marzo, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines.
- Decreto 23/2013, de 26/04/2013, por el que se establecen los horarios de atención al público, servicios de urgencia y vacaciones de las oficinas de farmacia y botiquines en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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