Solicitud de pago de la ayuda para el almacenamiento de aceite de oliva

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1005744

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

3 meses a partir de la finalización del período de almacenamiento contractual

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Proceder al pago de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva una vez finalizado los 180 días de almacenamiento

Agentes económicos del sector del aceite de oliva que hayan sido adjudicatarios de una oferta de licitación en cualquiera de los cuatro sub-periodos de licitación

La ayuda se pagará por la cantidad contractual si:
- La cantidad almacenada durante el período de almacenamiento contractual representa al menos el 97 % de la cantidad contractual
- Los controles efectuados durante el almacenamiento o a la salida del almacén han sido correctos
- El periodo de almacenamiento es de 180 días. Salvo en casos de fuerza mayor, si el agente económico no respeta el final de este período, la ayuda se reducirá un 10 % por cada día natural de incumplimiento. No obstante, dicha reducción no superará el 100 % de la ayuda
- El agente económico notifica a la DDPP su intención de comenzar a retirar los productos del almacenamiento, indicando los depósitos, al menos cinco días hábiles antes del comienzo de las operaciones retirada
- Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones
- No estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario derivadas del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones

Cumplimiento de los requisitos requisitos establecidos en el artículo 8 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1238, y artículos 53 y 54 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240.

"SOLICITUDES AYUDA: OFERTAS ADMISIBLES SE INFORMARÁ AL TITULAR PLAZO 3 DÍAS HÁBILES. SOLICITUDES PAGO: MÁXIMO 120 DÍAS"

La cuantía de la ayuda se fija en función del importe ofertado (euros/tonelada/día) y la cantidad contractual almacenada.

Desestimatorio

Documento que acredite al representante que figura en esta solicitud.

El pago de la ayuda se efectuará a más tardar 120 días después de la fecha en que se presente la solicitud de pago, a condición de que las obligaciones del contrato hayan sido respetadas

  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 2019/1882 de la Comisión, de 8 de noviembre, por el que se inician procedimientos de licitación en relación con el importe de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/1882/oj
  • Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
  • Reglamento (UE) nº 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolashttp://data.europa.eu/eli/reg/2013/1370/2018-10-19
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/1238 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, que completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y la ayuda para el almacenamiento privado (Texto pertinente a efectos del EEE) http://data.europa.eu/eli/reg_del/2016/1238/2018-02-07
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (Texto pertinente a efectos del EEE) http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2016/1240/2018-02-07