Ayudas directas a personas trabajadoras autónomas para la adopción de medias preventivas en el desarrollo de su actividad económica.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1007195

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Publicar los créditos disponibles, en el ejercicio presupuestario 2023, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 28/2022, de 26 de abril.


En plazo: Justificación de las ayudas, ejercicio 2023


Las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y, en su caso, las que tengan la condición de mutualistas de Colegios Profesionales.

Los previstos en el artículo 4.2 del decreto.

Las subvenciones reguladas en el Decreto 28/2022, serán tramitadas mediante el procedimiento de concesión directa, por concurrir razones de interés público, social y económico. Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento de la

financiación disponible.


El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio

Documento que acredite la representación del firmante, en aquellos supuestos en los que el firmante de la solicitud actúe en representación del solicitante. La representación se podrá acreditar mediante escritura pública, poder ¿apud acta¿ otorgado por el solicitante ante funcionario público, o por cualquier otro medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

Si la formación aún no se hubiera realizado, preinscripción o documentación acreditativa de cada uno de los cursos a realizar, emitida por las entidades previstas en los apartados 3 y 4 del artículo 2 del Decreto 28/2022, de 26 de abril, que contenga al menos, la siguiente información detallada sobre los mismos: denominación, entidad formadora, fecha o fechas de realización, duración, coste/presupuesto y modalidad.

Si la formación ya se hubiera realizado, certificado o documentación acreditativa de cada uno de los cursos realizados, emitida por las entidades previstas en los apartados 3 y 4 del artículo 2 del Decreto 28/2022, de 26 de abril, que contenga al menos, la siguiente información detallada sobre los mismos: denominación, entidad formadora, fecha o fechas de realización, duración, coste y modalidad.



Mas información :

https://seguridadlaboral.castillalamancha.es/subvenciones

servicioprevencionriesgos@jccm.es

Teléfonos: 925 288000/925267911


Información correspondiente a la justificación de las ayudas:

Las personas beneficiarias deberán presentar, en el plazo de un mes contado desde la finalización del plazo

de ejecución de las actuaciones subvencionables, la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos, que se realizará bajo la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.

Modelos del trámite

Anexo III Justificación