Subvenciones para proyectos de construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1004864

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvencionar,en régimen de concurrencia competitiva, actuaciones destinadas a la construcción en Castilla-La Mancha de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente, en el marco del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y Programa de Economía Circular y Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA-Residuos financiados con fondos estatales.

a)Municipios, Diputaciones, Mancomunidades y Consorcios de residuos constituidos por Entidades Locales, ubicados en el territorio de la Comunidad de Castilla La Mancha, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos.
b) Las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de gestor de residuos de acuerdo a la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados.

-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y por reintegro de subvenciones.
-Cumplir con todas las prescripciones impuestas por el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-No incurrir en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre (TRLHCLM), ni encontrarse incursa la que la persona que ostenta su representación en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
-Disponer, en su caso, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud.
-Disponer de capacidad económica, financiera y operativa suficiente para garantizar la ejecución de la operación.
- Cumplir el principio DNSH.
- En su caso, estar autorizado como gestor de residuos.

La valoración se realizará por la Comisión Técnica, que valorará las solicitudes presentadas según los criterios establecidos en el artículo 14.3 de la Orden 134/2021, por la que se aprueban las bases reguladores para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y en el Programa de economía circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA Residuos financiados con fondos estatales.

1. Para Municipios, Diputaciones, Mancomunidades y Consorcios de residuos constituidos por Entidades Locales, la subvención podrá cubrir hasta el 90% de los gastos subvencionables.
2. En el caso de entidad jurídica privada, la intensidad de ayuda no deberá exceder del 50 % de los gastos subvencionables. La ayuda podrá incrementarse un 20 % para pequeñas empresas y un 10 % para medianas empresas.
3. El importe máximo que podrá concederse será de 4.000.000 euros por entidad beneficiaria.
4. La cuantía máxima vendrá determinada por la suma de los importes de cada una de las tipologías que se soliciten:
- Tipología a): 800.000 euros.
- Tipología b): 2.800.000 euros.
- Tipología c): 400.000 euros.

Desestimatorio

-Con carácter general:
Copia de resolución de otras ayudas concedidas para la misma finalidad, salvo que se haya facilitado esa información en el Anexo I.
Memoria del proyecto de la actuación, suscrita por persona facultativa competente en caso de ser necesario por norma legal, con el contenido mínimo señalado en la resolución de convocatoria de acuerdo a la disposición novena, apartado cuarto c) y la tipología solicitada.
-Con carácter específico para Municipios, Diputaciones Provinciales, Mancomunidades y Consorcios de residuos
Copia del NIF de la persona representante, en caso de oposición a su consulta telemática
Certificado que acredite que la persona representante ostenta la representación de la entidad solicitante.
Certificado en el que haga constar que el IVA es o no compensado por esa Administración Pública para el citado/s proyecto/s.
En su caso, copia de resolución de otras ayudas concedidas para la misma finalidad, salvo que se haya facilitado esa información en el Anexo I.
En caso que Diputaciones, Mancomunidades y Consorcios presenten una solicitud cuyo ámbito de actuación abarque varios municipios, acuerdo municipal para la realización de dichas actuaciones, siempre y cuando la entidad solicitante no tenga delegada la competencia para la actuación a realizar.
-Con carácter específico, en caso de gestores de residuos de acuerdo a la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados En el caso de personas físicas, copia del documento de identidad, en caso de oposición a su consulta.
En caso de p. jurídicas, copia del NIF.
En caso de p. jurídicas, escrituras de la empresa y/o estatutos vigentes de la misma, inscritos, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
En caso de actuar por medio de representante, documento que acredite la facultad de representación, y acreditación de su identidad, en caso de oposición a la consulta
Copia de documento acreditativo y vigente de alta en el IAE y copia del justificante de pago del último recibo

- El informe anual se remitirá mediante la cumplimentación del Anexo III antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente.
- El informe justificativo final de actuaciones se presentará a través del Anexo IV, junto con una memoria técnica y económica de la actuación desarrollada y una memoria de estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero evitadas y de las toneladas de residuos que contribuirían al cumplimento de los objetivos. La presentación debe realizarse en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización de la ejecución de la actuación
- En caso de modificación de la resolución, debe solicitarse según el Anexo V hasta tres meses antes de la finalización del plazo para la realización de la actuación.
La presentación de todos los documentos debe hacerse a través de la sede electrónica en el apartado "como van mis trámites" https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente
Para aclarar dudas: dgeconomiacircular@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo I. Solicitud
Anexo II
Anexo IV
Justificación DNSH
Modelo declaración beneficiaria o subvención
Anexo III
Anexo V
Modelo de cuenta justificativa