Pago ayuda directa para la financiación de las obras de modernización y consolidación de los regadíos de la Comunidad de Regantes Balazote-La Herrera

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1004960

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 01/01/2023
Fin 02/12/2024

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular la concesión directa de una ayuda a la Comunidad De Regantes Balazote-La Herrera de Albacete, con la actuación de modernización de los regadíos PROYECTO DE IMPLEMENTACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES MEDIANTE PANELES FOTOVOLTAICOS FLOTANTES EN LA COMUNIDAD DE REGANTES DE BALAZOTE-LA HERRERA (ALBACETE).

COMUNIDAD DE REGANTES BALAZOTE-LA HERRERA

El importe total de la subvención asciende a CUATROCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (403.648 Euros) y podrá cubrir hasta el 16% del coste total de la actuación. Se ejecutará con con fondos propios de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2023 y 2024 repartidos según las siguientes anualidades:

ANUALIDADES PORCENTAJE IMPORTE (Euros)

2023 50% 201.824,00
2024 50% 201.824,00
TOTAL 100% 403.648,00

Desestimatorio

Las solicitudes se presentarán acompañadas de la correspondiente cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos que contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:
a) Una memoria justificativa con indicación de las actividades realizadas de las previstas en el artículo 4.3 de este decreto.
b) Una memoria económica justificativa de los gastos subvencionables que contendrá:
1º. Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, que acredite el pago de los importes facturados por SEIASA en relación con el coste total de la actuación.
2º. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior y como documentación acreditativa del pago se deberá aportar el justificante bancario del pago realizado concordante con las facturas presentadas en la forma indicada por la Orden de 07/05/2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones, así como el justificante bancario del ingreso de las nóminas, las cuotas de la Seguridad Social y el IRPF.
3º. Una relación detallada de otros ingresos y de las subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, así como de las ayudas solicitadas para el mismo objeto.
c) Un certificado, expedido por la persona con poderes suficientes en la entidad subvencionada, en el que se exprese que los gastos que se justifican están afectos a la ejecución de las actuaciones subvencionables.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligatoriedad de que las justificaciones de ayuda de las personas jurídicas se presenten únicamente de forma telemática.
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica pinche aquí https://notifica.jccm.es/notifica/