Modificación y/o baja en el Registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios (APPAA)

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Código de procedimiento: 1005011

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Solicitar cualquier modificación que afecte a los actos inscritos en el Registro de APPaa

Agrupaciones de productores de productos agroalimentarios inscritos en el Registro de APPaa.

Estar reconocida e inscrita en el registro de Agrupaciones de Productores de Productos Agroalimentarios de Castilla-La Mancha y cumplir con los requisitos de reconocimiento establecidos en el artículo 3 de la orden.

En los casos de modificación del número de miembros integrantes de la APPaa:
a) No podrá solicitarse un aumento del número de miembros en la última anualidad del PECC aprobado.
b) No podrá solicitarse una disminución del número de miembros de la agrupación superior al 20% respecto del número de miembros inicialmente agrupados ni cuando suponga un descenso superior al 20% de la producción comercializada total inicial.

Desestimatorio

- Acuerdo de compromisos - Relación actualizada de todas las entidades que integran la APPaa - Estatutos y escrituras de constitución - Certificado de volumen de producción y valor de facturación del producto objeto de la APPaa

Modelos del trámite

Anexo IV Solicitud de Modificación de datos