Solicitud de incremento del salario mínimo interprofesional de la línea 2 de costes salariales de las personas con discapacidad

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005017

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El objeto de esta ayuda consiste en subvencionar el incremento smi de los gastos subvencionables no abonados en el semestre anterior al que se publique la convocatoria.

Podrán ser beneficiarios del incremento del smi de la linea 2 de costes salariales de las personas con discapacidad, los centros especiales de empleo que hayan sido beneficiarios en el semestre anterior respecto de los gastos subvencionables justificados y liquidados a su favor.

Las subvenciones previstas en esta linea se otorgarán en régimen de concesión directa, por lo que se resolverán por orden de entrada.

El incremento que corresponda en función del porcentaje aprobado por el Gobierno estatal, en uso de la facultad prevista en el articulo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Desestimatorio

Dirección General de Programas de Empleo
Dirección Postal:
Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España
Teléfono(s): 925265685
Fax(s): 925286962

La resolución se notificará a las personas interesadas por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas