Línea 2. Subvención para la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o socias de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1007117

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvencionar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de personas trabajadoras desempleadas y de personas con contrato temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral.

Las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica dentro del territorio de Castilla-La Mancha y se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea.

Estar constituída como una sociedad cooperativa o sociedad laboral con anterioridad a la presentación de la solicitud y cumplir los requisitos dispuestos en el artículo 5.1 del Decreto 91/2022, de 16 de agosto.

Criterios objetivos de cumplimiento de requisitos recogidos en el artículo 5 del Decreto 91/2022, de 16 de agosto, prelación por fecha de presentación y existencia de crédito presupuestario.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de un mes.

Desestimatorio

¿-En el caso de Cooperativas: certificado emitido por quien ostente la titularidad del órgano de administración de la entidad en el que se haga constar la duración de la jornada que tiene fijada la persona que se incorpora.

¿-En el caso de sociedades laborales: copia del contrato de trabajo.

¿-Cuando la persona o personas por las que se solicite la subvención hayan estado vinculadas a la entidad por contrato laboral temporal: copia del contrato o de los contratos de trabajo temporales anterioes.

¿-Certificado emitido por la persona responsable del órgano de administración de la Entidad, en el que conste la relación de las personas socias trabajadoras o de trabajo y de trabajadores por cuenta ajena, y la duración de la jornada de trabajo de cada una de ellas, en la fecha de presentación de la solicitud.

-Cuando la persona incorporada como socia trabajadora, sea mujer víctima de violencia de género, se deberá aportar la documentación acreditativa de tal condición, mediante alguno de los siguientes documentos: a) Sentencia condenatoria, b) Resolución judicial. c) Orden de protección o excepcionalmente el informe del Ministerio Fiscal, d) Informe emitido por un profesional especializado

Para cualquier duda o aclaración puede contactar con Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Avenida de Irlanda, nº 14. 45071 Toledo.  Teléfono 925288000.

Modelos del trámite

ANEXO II-A Línea 2 INCORPORACION SOCIOS, POR CADA SOCIO
ANEXO II-B Línea 2 INCORPORACION SOCIOS, POR CADA SOCIO
ANEXO VI APORTAC DOCUMENTOS LINEA 2 INCORPORACION SOCIOS