Línea 3. Contratación inicial indefinida de trabajadores con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1012981

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 18/07/2024
Fin 15/11/2024

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad, que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionables de las líneas de subvención mencionadas en el artículo 3, con las condiciones establecidas en el presente decreto

Los requisitos generales para todas las líneas son los del artículo 6.3 del Decreto, además de los siguientes:

-La persona trabajadora contratada por la empresa colaboradora deberá presentar especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.

-La persona trabajadora con discapacidad contratada por la empresa colaboradora deberá provenir de un enclave laboral, cuya actividad se realice en el territorio de Castilla-La Mancha.

-La contratación deberá realizarse sin solución de continuidad y transcurrido, al menos, un plazo de tres meses desde el inicio del enclave laboral o desde la incorporación de la persona trabajadora, si ésta fuera con posterioridad.

-El contrato se formalizará por escrito, en modelo oficial y se comunicará al SEPE a través de la aplicación Contrat@.

-La contratación incentivada deberá suponer un incremento neto del número de empleados en la empresa en comparación con la media de los 12 meses previos.


Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.

DOS MESES A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA.

Desestimatorio

Se presentará el anexo III, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo V, debidamente cumplimentado.

Para comunicar:

La sustitución del trabajador contratado, debe aportarse el anexo VIII, acompañado del anexo V

El cambio de titularidad debe aportarse el anexo VII.


Más información:incentivos@jccm.es


Teléfonos: 925265685/925266307

Modelos del trámite

ANEXO V AUTORIZACION TRABAJADOR
ANEXO VIII SUSTITUCION TRABAJADORES CONTRATACION INDEFINIDA