Concesión directa de subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1009098

Fuera de plazo presentación solicitudes

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular la concesión directa de subvenciones dirigidas a financiar parcialmente los costes laborales por la formalización de contrataciones y de transformaciones de contratos formativos en indefinidos para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales, las cooperativas, las comunidades de bienes y las entidades sin ánimo de lucro.

- LINEA 1: La formalización de un contrato para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios en actividades y oficios tradicionales, a jornada completa de un año, salvo que el convenio colectivo determine una duración inferior y su posterior transformación en indefinido. El contrato formativo supondrá un incremento neto del empleo de la empresa, conforme al artículo 14.a) del decreto, formalizándose en la categoría profesional y grupo de cotización de la titulación por la que se contrata. La transformación se formalizará el día siguiente al de la finalización del contrato formativo. El contrato indefinido se formalizará para la misma categoría profesional que el contrato formativo y a jornada completa.

- LINEA 2: Formalización de un contrato indefinido

- LINEA 3: Transformación de contratos formativos en contratos indefinidos.

Los contratos han de formalizarse con los colectivos relacionados en el artículo 3 del decreto.

Los contratos indefinidos han de suponer un incremento neto del empleo fijo de la empresa conforme a los artículos 14.c), 17 y 20.b) del decreto. La transformación se formalizará, como límite, el día siguiente a la finalización del formativo.

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.


Se deberán cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 267/2023, de 10 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no excederá de tres meses, a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.

Desestimatorio

- Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, NIF y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. En caso de Comunidades de Bienes, documento constitutivo.

- Contrato de formación para la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o contrato indefinido

- Si es persona física, documentación acreditativa del poder de la persona representante, en su caso.

-Autorización de la persona trabajadora, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos personales, laborales y académicos (Anexo IV) así como, en su caso, la documentación que en el mismo se indica.

- Libro de familia del empresario y de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.

LINEA 1: Los contratos para la obtención de la práctica profesional, se subvencionarán con 6.000 euros. La transformación de estos contratos en indefinidos se subvencionarán con 8.000 € por cada uno de los dos primeros años del contrato indefinido.

LINEAS 2 y 3: los contratos indefinidos y la transformación en indefinidos de contratos formativos, se subvencionarán con una cantidad de 8.000 euros por cada uno de los tres años de contrato indefinido.

La cuantía total de cada línea se incrementará en 700 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los colectivos establecidos en el artículo 11 del decreto.

En caso de actividades y oficios del anexo I, el importe se incrementará en:

- Línea 1: 13.900 € la primera fase y 10.000 € la segunda y tercera.

- Línea 2: 10.000€ por cada fase, salvo que se formalice con personas de baja cualificación beneficiarias del SNGJ el primer año de vigencia del Real Decreto-ley 1/2023, en que el incremento será de 8.000€.

- Línea 3: 10.000 € por cada fase.

Los incrementos correspondientes a actividades y oficios del anexo I son incompatibles con el del artículo 11 del decreto.

Modelos del trámite

Anexo IV Declaración autorización persona contratada
Anexo V Comunicación de continuación
Anexo VI Comunicación sustitución persona contratada
Anexo VII Aportación documentación justificativa
Anexo VIII Aportación documentación sucesión empresarial