Inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios Profesionales
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Control y calificación de la legalidad de los actos sujetos a inscripción: primera inscripción de un Colegio Profesional/Consejo de Colegios Profesionales/colegio profesional preexistente /Delegación colegio profesional; estatutos; órgano ejecutivo, reglamento de régimen interior y normativa deontológica.
Colegios profesionales y consejo de colegios profesionales de Castilla-La Mancha, así como delegaciones en Castilla-La Mancha de colegios profesionales nacionales o de otras Comunidades Autónomas.
Sujeción al Ordenamiento Jurídico del acto objeto de inscripción registral.
3 MESES
Estimatorio
1.-Inscripción colegio profesional/colegio preexistente a la ley 10/1999, de 26 de mayo:
-Acta de constitución/ Norma constitutiva.
-Estatutos.
-Normativa deontológica.
-Certificación expedida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, del Acta de aprobación de los Estatutos, así como una copia de la misma.
-Certificado del secretario del colegio con el VºBº del presidente, de la composición del órgano ejecutivo.
2.- Inscripción Consejo de colegios profesionales:
- Norma por la que se constituyó el Consejo.
-Estatutos.
-Certificación expedida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, del Acta de aprobación de los Estatutos, así como una copia de la misma.
-Certificación expedida por los respectivos Secretarios de los Colegios Profesionales, con el visto bueno de los respectivos Presidentes, de la relación de los representantes elegidos por cada Colegio integrante.
-Certificación expedida por el Secretario del Consejo, con el visto bueno del Presidente, de la composición del órgano ejecutivo
.
3.-Inscripción de modificaciones estatutarias, órgano ejecutivo, reglamento de régimen interior y normativa deontológica de Colegio Profesional/Consejo:Certificado del Secretario del colegio/consejo de colegios profesionales con el VºBº del presidente del acuerdo adoptado y texto de la modificación propuesta.
4.- Incorporación nuevos Colegios en el Consejo: Certificado del secretario del consejo de colegios con el VºBº del presidente del acuerdo de incorporación o exclusión.
5.- Inscripción de delegación de un colegio profesional: - Certificado del secretario del colegio profesional con el vºbº del presidente del acuerdo de creación de las delegaciones, junto con el Certificado del secretario del colegio con el VºBº del presidente, de la composición del órgano ejecutivo de la delegación.
1- Correo electrónico: coordinacionjuridica@jccm.es.
2- Teléfono: 925248424.
- Ley 10/1999, de 26/05/1999, , DE CREACION DE COLEGIOS PROFESIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1974, páginas 3046 a 3049
- Decreto 172/2002 de 10-12-2002 de desarrollo de la Ley 10/1999 de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-la Mancha
- Corrección de errores al Decreto 172/2002, de 10-12-2002 de desarrollo de la ley 10/1999 de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-la Mancha
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