1. La Secretaría General de Presidencia y Administraciones Públicas, con rango de Viceconsejería, desarrolla funciones de asesoramiento, estudio y coordinación y se encarga de la gestión de los servicios comunes, desarrollando
además la gestión de las áreas funcionales que le están expresamente atribuidas.
2. En particular, le corresponden las siguientes funciones:
a) La asistencia administrativa a la persona titular de la Consejería y a la persona titular de la Viceconsejería, especialmente en la preparación, estudio e informe de los asuntos que hayan de ser elevados al Consejo de Gobierno y al resto de órganos de la Presidencia.
b) La iniciación, tramitación y propuesta de los procedimientos de revisión de oficio, responsabilidad patrimonial, recursos administrativos y reclamaciones previas a la vía civil, salvo las materias de Función Pública, protección ciudadana y régimen Local y las referidas a la Dirección General de Relaciones con las Cortes.
c) La elaboración del anteproyecto de presupuestos de la presidencia así como la gestión y seguimiento de los presupuestos y de la ejecución de los créditos presupuestarios.
d) Análisis, seguimiento y coordinación de la ejecución de los programas presupuestarios desarrollados por las Direcciones Generales y propuestas para la optimización del gasto público.
e) La autorización y disposición de gastos y reconocimiento de obligaciones y las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del Sector Público en los expedientes de gasto inferiores a 500.000 €.
f) La concesión de subvenciones y la tramitación contable en el ámbito de competencias del resto de órganos directivos de la Consejería.
g) La gestión patrimonial de la presidencia.
h) La presidencia de la mesa de contratación excepto cuando actúe como órgano de contratación.
i) La planificación, coordinación, inspección, control y optimización de los servicios.
j)La protección del personal de la Presidencia y sus instalaciones.
k) La coordinación de la Administración para la celebración de los siguientes contratos de carácter horizontal: mediación de seguros, seguros de responsabilidad civil-patrimonial y servicios postales.
l) El régimen interior y el registro general.
m) La jefatura superior del personal de la Presidencia y, específicamente, la propuesta de la relación de puestos de trabajo y de su provisión, el nombramiento y cese del personal interino, la autorización y cancelación de comisiones de servicio dentro de la propia consejería y la rescisión de contratos laborales de duración temporal.
n) La dirección, administración y gestión de los medios informáticos de la Presidencia y el impulso para implantación de las nuevas tecnologías de información y comunicación.
ñ) La inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, actos y anuncios cuya publicación le corresponda ordenar según lo dispuesto en la normativa vigente.
o) Cualesquiera otras funciones que resulte necesarias para el ejercicio de sus competencias o que le encomiende la normativa vigente.

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