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Funciones y Competencias de la Viceconsejería de Presidencia y Administraciones Públicas

 La persona titular de la Viceconsejería de Presidencia y Administraciones Públicas desarrolla las funciones de coordinación previstas en el artículo 28 de la ley 11/2003 de 25 de septiembre del Gobierno del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

En particular le corresponden las siguientes funciones:

a) La sustitución de la persona titular de la Consejería en el despacho ordinario de los asuntos.
b) El impulso y desarrollo, en materias propias de la Consejería, de las relaciones con otras administraciones públicas y entidades.
c) Coordinar las actuaciones de los organismos centrales y periféricos adscritos a la Consejería.
d) La dirección, despacho ordinario de los asuntos y coordinación de las direcciones generales y las actuaciones desarrolladas por la consejería.
e) Análisis, seguimiento y evaluación de los planes de actuación desarrollados por la Consejería.
f) La coordinación de la actividad normativa de la presidencia así como el estudio e informe de los asuntos propuestos por sus órganos directivos que hayan de ser elevados al Consejo de Gobierno.
g) La secretaría adjunta del Consejo de Gobierno con voz y sin voto.
h) La coordinación de los trabajos de las Comisiones Bilateral y Mixta de transferencias.
i) El impulso y coordinación de la gestión de calidad en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha y la elaboración de estudios de necesidades, planes de calidad, programas y cartas de servicios en relación con las competencias asignadas.
j) La ordenación y gestión del registro y protectorado de fundaciones, del registro de asociaciones, así como de los registros de colegios profesionales y consejos de colegios profesionales y las resoluciones relativas a las solicitudes de inscripción o anotación en dichos registros.
k) La ordenación del registro general de convenios.
l)La normalización y la coordinación de la simplificación de los procedimientos y métodos de trabajo, en el ámbito de la presidencia.
m)La elaboración y control del Diario Oficial de Castilla-La Mancha y su publicación en sede electrónica, así como la elaboración y publicación de recopilaciones o separatas de textos normativos y la publicación de artículos y estudios
de interés sobre la organización y el régimen jurídico de las administraciones públicas.
n) El impulso de la simplificación administrativa y racionalización de procedimientos.
ñ) La gestión de las oficinas o sistemas corporativos de atención e información al ciudadano.
o) La administración y control del registro único.
p) La administración y control de las quejas y sugerencias.
q) El teléfono único de información 0-1-2.
r) Cualesquiera otras funciones que resulten necesarias para el ejercicio de las competencias de la Presidencia, no asignadas a otros órganos directivos de la misma o que le encomiende la normativa vigente.