La Dirección General de Seguridad y Salud Laboral tiene encomendadas las competencias en materia de Seguridad y Salud Laboral y, específicamente, las siguientes funciones:
a) Promover la prevención y el asesoramiento a desarrollar por los órganos técnicos en materia preventiva, incluidas la asistencia y cooperación técnica, la información, divulgación, formación e investigación en materia preventiva, así como el seguimiento de las actuaciones preventivas que se realicen en las empresas para la consecución de los Objetivos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos laborales.
b) Velar por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales mediante las actuaciones de vigilancia y control, prestando el asesoramiento y la asistencia técnica necesarios para el mejor cumplimiento de dicha normativa y desarrollando programas específicos dirigidos a lograr una mayor eficacia en el control.
c) Cuantas otras se le atribuya por las disposiciones vigentes.