Las mujeres víctimas de malos tratos son un grupo de atención preferente dentro de la política de vivienda de la Administración Regional, de acuerdo con lo establecido para Castilla-La Mancha en el artículo 13.1 de la Ley 5/2001 de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.
Las mujeres víctimas de malos tratos son un grupo de atención preferente dentro de la política de vivienda de la Administración Regional, de acuerdo con lo establecido para Castilla-La Mancha en el artículo 13.1 de la Ley 5/2001 de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.
Éste se haya dentro de los colectivos a los que va dirigida la ayuda al alquiler. Este colectivo goza de especiales facilidades para acceder a estas ayudas, como no tener que justificar ingresos mínimos, establecidos con carácter general en 0,5 IPREM, ni acreditar el empadronamiento en el municipio de la vivienda alquilada.
Asimismo, se ha creado la figura de los Alojamientos Protegidos para Colectivos Específicos, que pueden destinarse a fines de integración y acogida de mujeres maltratadas. Para la construcción de estos inmuebles, destinados a alquiler, el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo concede una serie de ayudas: préstamos convenidos, subsidiación y subvenciones, de cuantías variables en función del periodo de amortización del préstamo (10 o 25 años), y de la ubicación de la vivienda.
Las mujeres víctimas de malos tratos se ven beneficiadas asimismo de unos requisitos más flexibles en cuanto a la facultad de disponer de vivienda con protección pública. Así, la prohibición de cederse un inmueble protegido antes de 10 años se deja sin efecto en el caso de mujeres víctimas de malos tratos.
Además, en caso de ser titulares de una vivienda libre, el valor que ésta puede alcanzar para no ser impedimento para acceder a una protegida puede llegar a ser de hasta el 60 % del precio de la vivienda protegida objeto de la actuación, en lugar del 40 % establecido con carácter general.
Por otra parte, las viviendas con protección pública, así como las viviendas usadas adquiridas para su cesión en régimen de arrendamiento, podrán cederse temporalmente a mujeres víctimas de malos tratos.
Este colectivo goza también de un incremento de las ayudas económicas directas a la hora de acceder a la vivienda con protección pública. Así, la cuantía de la ayuda estatal directa a la entrada se incrementa del siguiente modo:
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Carácter general |
Específica MALOS TRATOS |
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4.000 € entre 2,5 y 3,5 IPREM |
4.900 € entre 2,5 y 3,5 IPREM |