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Junta Castilla La ManchaCastilla-la Mancha

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AYUDAS PARA EL DESARROLLO, POTENCIACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LOS SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Plazo de presentación de solicitudes
03/06/2010 - 02/07/2010
Objeto
La concesión de ayudas a las Entidades Locales de Castilla-La Mancha que cuenten con un Servicio de Extinción de Incendios, para financiar en el mismo alguna o algunas de las siguientes inversiones:
a) Edificios y otras construcciones.
b) Maquinaria y utillaje.
c) Material de transportes.
d) Mobiliario y enseres.
e) Equipos de procesos de información.
Destinatarios
Entidades Locales de Castilla-La Mancha que cuenten con un Servicio profesionalizado de Extinción de Incendios.
Requisitos exigidos
1. La Entidad Local deberá especificar, mediante su inclusión en el Anexo I de la presente convocatoria, las inversiones para las que se solicita la ayuda y la cuantía estimada de cada una de ellas.
2. Podrán ser objeto de ayuda, aquellas inversiones comenzadas con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, siempre que la finalización o entrega de las mismas se produzca en el año 2010.
Importes
Las ayudas solicitadas no podrán rebasar un importe global máximo de 600.000 euros.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, solo o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la inversión.
Criterios
Consultar la Base Séptima de la Resolución 24/05/2010.
Documentación a aportar
Solicitud que podrá presentarse desde esta misma ficha, a través del teléfono 012 (902 267090, desde fuera de la Comunidad de Castilla-La Mancha) o mediante fax, al nº 925 267967.
Junto a la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
a) Certificación del Secretario/a de la respectiva Entidad Local, conforme al Anexo II.
b) Acreditación de la disposición de un Plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, o indicación y justificación que están excluidos de su disposición (Anexo III).
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.
Marco legal
  • DOCM: 24/03/10Orden de 10/03/2010, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo, potenciación y mantenimiento de la capacidad operativa de los Servicios de Extinción de Incendios de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
  • DOCM: 02/06/10Resolución de 24/05/2010, por la que se convoca para el año 2010, la concesión de ayudas para el desarrollo, potenciación y mantenimiento de la capacidad operativa de los Servicios de Extinción de Incendios de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Máximo seis meses a contar desde la publicación de esta convocatoria
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios