SUBVENCIONES PARA LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO
Plazo de presentación de solicitudes
30/10/2010 - 28/02/2011
Objeto
Convocar las ayudas para la innovación y el desarrollo tecnológico contempladas en la sección tercera del capítulo I de la Orden de 25-09-2008, cuya finalidad es la incentivación pública de los proyectos empresariales tendentes a la creación y puesta en el mercado de nuevos procesos o productos así como la realización de otras actuaciones de promoción de la excelencia empresarial y la cultura de la innovación que realicen los beneficiarios en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Destinatarios
Tendrán la condición de beneficiario las empresas industriales y de servicios, especialmente pequeñas y medianas empresas, pudiendo acceder a las subvenciones, además de las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes, excepto las empresas públicas, cooperativas y sociedades laborales. Asimismo, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, podrán ser beneficiarios como organismos intermedios.
Requisitos exigidos
- Tener domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados por falta grave o muy grave o en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
- Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.
Importes
Para la determinación de la cuantía de la subvención, se aplicará un porcentaje a la inversión subvencionable, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) En el caso de grandes empresas:
- 15% para las invesiones en activos fijos materiales.
- 30% para las inversiones o gastos en activos inmateriales.
b) En el caso de medianas empresas:
- 20% para las inversiones en activos fijos materiales.
- 40% para las inversiones o gastos en activos inmateriales.
c) En el caso de pequeñas empresas:
- 25% para las inversiones en activos fijos materiales.
- 50% para las inversiones o gastos en activos inmateriales.
d) En el caso de organismos intermedios: 75%.
Criterios
Consultar el artículo 19 de la Orden de 25-09-2008, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, en la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Información adicional
Para cualquier duda o aclaración sobre la solicitud de abono:
DOCM: 05/06/98Decreto 53/1998, sobre competitividad e incentivos a la inversión empresarial en Castilla-La Mancha
DOCM: 07/10/08Orden de 25-09-2008, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la competititividad e incentivos a la inversión empresarial en Castilla-La Mancha
DOCM: 05/06/09Orden de 22/05/2009, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 25/09/2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la competitividad e incentivos a la inversión empresarial en Castilla-La Mancha.
DOCM: 29/10/10Resolución de 14/10/2010, por la que se convocan subvenciones para la innovación y el desarrollo tecnológico.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Máximo seis meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM