PROCEDIMIENTO:
036046 SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA EL ESTIMULO AL CONSUMO DE SERVICIOS TURISTICOS CON MOTIVO DEL LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19
Plazo de resolución:
1 MES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SLGR SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA EL ESTIMULO AL CONSUMO DE SERVICIOS TURISTICOS CON MOTIVO DEL LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Lun, 23 Nov 2020 al Vie, 04 Dic 2020
Objeto:
Las subvenciones incluidas en el presente decreto tienen como finalidad potenciar la promoción y comercialización de iniciativas de estímulo al consumo de servicios por parte de las personas consumidoras, prestados por el sector turístico de Castilla-La Mancha, para contribuir con ello al desarrollo del destino y de la competitividad empresarial de estos sectores.
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de la línea 1, todas aquellas asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, del turismo activo y ecoturismo, y las asociaciones de profesionales del sector turístico.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de la línea 2, todas aquellas pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos. También podrán acceder a la condición de beneficiario las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.
Requisitos:
Los previstos en el artículo 5 del decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo al consumo de servicios turísticos con motivo de la crisis sanitaria del COVID- 19.
Importe:
a) En la línea 1 se subvencionará el 90% del gasto subvencionable, con los siguientes límites:1º. Una subvención de hasta 15.000 euros cuando la asociación tenga más de 100 asociados.
2º. Una subvención de hasta 7.000 euros cuando la asociación tenga de 51 hasta 100 asociados.
3º . Una subvención de hasta 5.000 euros cuando la asociación tenga de 20 hasta 50 asociados.
4º. Una subvención de hasta 2.000 euros cuando la asociación tenga hasta 19 asociados.
b) En la línea 2 : Un máximo de 12 euros por bonificación, con un máximo de 4.000 euros en hoteles de 1 estrella y hostales.
Un máximo de 20 euros por bonificación con un máximo de 5.000 euros en hoteles de 2 y 3 estrellas.
Un máximo de 30 euros por bonificación, con un máximo de 6.000 euros en hoteles de 4 y 5 estrellas.
Criterios:
El orden de prioridad para la adjudicación de las ayudas, se realizará en función del orden de la presentacion de las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario establecido.
Documentación a aportar:
- En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica:Escritura pública de constitución.
NIF Escritura de
apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
-En el caso de que el solicitante sea una persona física:
Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
-En el caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes, sociedad civil u otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica:
Documento privado de constitución y acuerdos societarios inscritos, en su caso, en el registro correspondiente.
Escrito firmado por todos los comuneros, socios o miembros que contenga los siguientes extremos:
Compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, socio o miembro, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.
Identificación del representante nombrado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la comunidad de bienes, sociedad civil, u otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Para la línea 1: Memoria del proyecto con el siguiente contenido mínimo:
- Descripción suficiente del proyecto, actuaciones que se van a desarrollar, finalidad que se persigue y resultados esperados.
- Presupuesto desglosado del coste del proyecto.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado del decreto, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Información Adicional:
dgtca.economiaempresasempleo@jccm.es
Marco legal:
DOCM: 20/11/20 Decreto 74/2020, de 17 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo al consumo de servicios turísticos, con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19. Extracto BDNS (Identif): 534042.
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