Subvenciones para la realización de proyectos de Educación para el Desarrollo.

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1011236

En plazo

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Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 14/03/2024
Fin 15/04/2024

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La financiación de proyectos de educación para el desarrollo en Castilla-La Mancha, con la finalidad de construir una nueva sociedad civil, participativa y comprometida con la paz y solidaridad entre los pueblos, el respeto y defensa de los derechos humanos, la preservación del medioambiente, la equidad de género y la promoción y consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Entidades sin ánimo de lucro (como una entidad o en agrupación de entidades).

Para concurrir a la convocatoria de ayudas, las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos recogidos en la base quinta de la Orden 154/2017, de 5 de septiembre, de la Consejería de Bienestar Social, recogidos a su vez en el apartado primero de la convocatoria que aprueba estas ayudas.


) Calidad y complementariedad de la intervención (hasta un máx. 15 ptos.)

b) Calidad técnica del proyecto (hasta un máx.15 ptos.)

c) Entidad solicitante (hasta un máx.15 ptos)

d) Proyectos desarrollados en los municipios de las zonas prioritarias a las que hace referencia el artículo 5.2.d) de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias (hasta un máx.5 ptos.)


La puntuación mínima necesaria para que un proyecto pueda ser subvencionado, será de 25 puntos.

Será de tres meses, contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio

Se presentará una única solicitud por cada proyecto y entidad o agrupación de entidades. Junto a la solicitud se presentará el formulario del proyecto y el desglose presupuestario que se anexará a través de la citada sede electrónica.

La documentación adicional que las entidades consideren que deben aportar a la solicitud para la valoración del proyecto se digitalizará y se presentará como anexos en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.


No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente.


La documentación que se presente con posterioridad a la solicitud se presentará en la sede electrónica a través de "Consultar de Expedientes y presentación de Documentos Adicionales".

Las subvenciones destinadas a financiar proyectos de Educación para el Desarrollo se hayan reguladas en la Orden 154/2017, de 5 de septiembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de educación para el desarrollo (D.O.C.M. núm. 176, de 11 de septiembre de 2017),


El proyecto de educación para el desarrollo estará orientado a la construcción de una nueva sociedad civil, participativa y comprometida con la paz y solidaridad entre los pueblos, el respeto y defensa de los derechos humanos, la preservación del medioambiente, la equidad de género y la promoción y consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.


El procedimiento de concesión de las subvenciones se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por la persona titular de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones y se publica en la base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


Modelos del trámite

Anexo I. Certificado de gastos
Anexo II. Certificado de gastos
Certificado Costes Indirectos
Certificado de gastos
Formulario del proyecto EpD
Formulario del proyecto. Desglose presupuestario
Informe seguimiento_final EpD