Subvenciones a entidades privadas para el desarrollo de programas destinados al desempeño de las medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1009398

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas de iniciativa social, para el desarrollo de programas destinados al desempeño de las medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica residentes en Castilla- La Mancha.

Entidades privadas de iniciativa social, sin ánimo de lucro, especializadas en el apoyo a la toma de decisiones en el ejercicio de la capacidad jurídica.

Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se formalizarán mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es) y quedará anotada en el registro electrónico.

El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a la solicitud a través de la citada sede electrónica.

La valoración de las solicitudes presentadas se efectuará según una escala de 0 a 30

puntos, considerando los criterios y puntuación establecidos en la base octava de la

Orden 159/2021, de 5 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social.

a) El porcentaje de financiación que aporta la entidad para el proyecto presentado:

1.º De fondos propios (máximo 2 puntos).

2.º Derivados de otras fuentes de financiación (máximo 2 puntos).

b) El ámbito de intervención de los programas o servicios presentados, especificando el número de personas con discapacidad o en situación de dependencia que se beneficien de forma directa y que se encuentren valorados con grado de dependencia: máximo 5 puntos.

c) La profundidad y detalle y coherencia con el modelo de calidad de vida y la utilización de la metodología de trabajo basada en la planificación centrada en la persona del programa presentado, así como la incorporación de perspectiva de género en los mismos: máximo 6 puntos.

d) La solvencia técnica acreditada por la entidad mediante relación detallada de los profesionales implicados en el programa presentado, donde se refleje su categoría laboral, experiencia y/o formación específica en el ámbito de la acción tutelar: máximo 6 puntos.

e) Solicitudes presentadas que sean continuidad de otras concedidas en convocatorias anteriores: máximo 3 puntos.

f) La evaluación existente de los resultados de los programas desarrollados en ejercicios anteriores,

Desestimatorio

Las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica

de iniciación, salvo el formulario del proyecto que estará disponible en la sede electrónica. Tras la valoración de

las solicitudes presentadas, en aquellos casos en los que se prevea que la propuesta de resolución provisional sea

favorable a su concesión, se solicitará a la entidad interesada la relación de documentos a aportar que figura en la

base novena.3, que no hubieran sido aportados previamente con la solicitud.

Se podrán financiar hasta el 100% de las actividades a desarrollar por las entidades, en relación con el programa presentado. El importe máximo individualizado de cada subvención que, en su caso, pueda otorgarse no excederá de 1.000.000,00 euros por solicitud.


Modelos del trámite

FORMULARIO DEL PROGRAMA
RELACIÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS