Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, en C-LM.

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1008516

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La financiación de proyectos con fines de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Entidades u organizaciones del tercer sector social con implantación y actividad en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido por los artículos 2 y 3 de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha. Podrán concurrir las agrupaciones, sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades, cuando cumplan los requisitos establecidos en la Orden reguladora de bases.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Estar inscritas en el Registro Central de Entidades de Voluntariado en Castilla-La Mancha con acreditación en vigor o haber presentado solicitud de inscripción o renovación a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para proyectos de las sublíneas j) a n) de la Línea 1 y de la sublínea a) de la Línea 6.

d) Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de actividades objeto de estas bases.

e) Acreditar experiencia y especialización en la atención al colectivo o colectivos al que se dirigen los proyectos.

f) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de los proyectos subvencionados, acreditando la experiencia operativa para ello en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

g) Desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

h) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

i) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones j) No hallarse incursa en cualquiera de las circunstancias determinadas en el art.13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

k) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

l) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

m) Disponer la entidad de personal que no haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, según la legislación vigente.

n) Que no haya sido sancionada por llevar a cabo prácticas sexuales discriminatorias.

ñ) Cumplir las obligaciones reguladas en el artículo 8 de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.


a) Idoneidad, calidad y eficiencia del proyecto a realizar (hasta 65 puntos)

b) Implantación y capacidad de la entidad solicitante (hasta 25 puntos)

c)Trayectoria y desempeño de proyectos en anualidades anteriores (hasta 5 puntos)

f) Proyectos desarrollados en municipios de zonas prioritarias (D. 52/2018, de 31 de julio) (hasta 5 puntos).

La puntuación mínima en la valoración global de los criterios establecidos para la concesión de la subvención,será de 50 puntos, correspondiendo como mínimo 32,5 puntos a la valoración del criterio a) Idoneidad,calidad y eficiencia del proyecto a realizar.


Para la convocatoria 2023 el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de las subvenciones será de seis meses contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio

Las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica de iniciación salvo la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y del proyecto, cuyo modelo estará disponible en la sede electrónica y se anexará a través de la misma.


La finalidad de estas subvenciones la realización de actividades de interés general para el territorio de

Castilla-La Mancha, atendiendo a criterios de innovación, impacto poblacional y/o alcance territorial. Irán destinadas

a cubrir necesidades específicas de asistencia social dirigidas a las personas en situación de pobreza y exclusión

social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, considerándose las siguientes líneas de

subvención:

Línea 1.- Inclusión social, voluntariado y participación.

Línea 2.- Infancia y familia.

Línea 3.- Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.

Línea 4.- Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos.

Línea 5.- Mejora de la calidad de vida de las personas mayores.

Línea 6.- Juventud.

Línea 7.- Igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia.

Línea 8.- Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud.


Para cualquier duda, se encuentra a su disposición el Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

e-mail: coopera.bs@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO II. REFORMULACIÓN 2023.
INSTRUCCIONES JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA IRPF 2023
JUSTIFICACIÓN 2023. Informe técnico Final del Proyecto
JUSTIFICACIÓN 2023. Modelo L. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO
Justificación económica 2023