Ayudas para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI en 2022.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI, destinadas a la realización de proyectos en Castilla-La Mancha, que tengan como objetivo informar y sensibilizar a la población castellano manchega contra estereotipos y prejuicios de índole sexual y de género, cuyas acciones fomenten la inclusión y normalización del colectivo LGTBI y traten de prevenir la LGTBIfobia.
Tendrán la condición de entidades beneficiarias, las Asociaciones y Entidades LGTBI sin ánimo de lucro constituidas e inscritas en los registros oficiales de Castilla-La Mancha o en otros registros y que puedan acreditar actuaciones de sensibilización, información, formación y asesoramiento a personas LGTBI en el territorio de Castilla-La Mancha durante los dos años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.
Los recogidos en el artículo 18 de la Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.
TRES MESES DESDE LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA PRESENTE CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 18.000 euros.
No obstante, se establece como límite que la cuantía de la subvención no puede superar por proyecto la cantidad de 1.800 euros.
La partida presupuestaria es 70.01.323B.48126.
Desestimatorio
La documentación requerida en el artículo 24.2 de la Orden 31/2020, de 5 de marzo, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.-Las entidades interesadas sólo podrán solicitar un proyecto que acompañarán a la solicitud, debiendo contener al menos los siguientes apartados
1º. Denominación del proyecto.
2º. Justificación del proyecto: diagnóstico de la situación que se pretende abordar en el ámbito territorial al que se dirige el proyecto, analizando la coherencia entre esta situación y la necesidad del proyecto presentado. naturaleza y fundamentación del proyecto según el diagnóstico de partida.
3º. Objetivos (generales y específicos)
4º. Desarrollo el proyecto:
Metodología: técnicas que se van a realizar para alcanzar los objetivos.
Actividades.
Temporalización: calendario con fechas de las tareas y actividades.
Evaluación. Criterios y técnicas de evaluación: registros, indicadores.
Población destinataria del proyecto: tipo de población o colectivo; y número.
Recursos materiales necesarios para desarrollar el proyecto.
Recursos humanos necesarios para desarrollar el proyecto
5º Ámbito territorial de desarrollo del proyecto (local, provincial, interprovincial, regional): señalar las localidades donde se va a desarrollar el proyecto.
Actividades innovadoras: señalar las actividades piloto, experimentales o innovadoras que se desarrollan en el proyecto.
6º. Recursos económicos.
Presupuesto del proyecto.
Cofinanciación: especificar cantidad y porcentaje de financiación propia.
- Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.
- Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
- Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
- Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.
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