Solicitud de ayuda empleo con apoyo

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005548

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

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Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

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Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar las subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que van a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad las cuales se les va a prestar el empleo con apoyo.
- Centros especiales de empleo.
- Las empresas del mercado ordinario de trabajo.
- Los trabajadores autónomos.
- Las sociedades laborales y las cooperativas a las que se incorporen como socios y socias trabajadores o de trabajo las personas con capacidad intelectual límite.

- Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.
- Contar en su plantilla con preparadores laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en la disposición sexta o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo adecuado de los programas de empleo con apoyo.
- Tener experiencia acreditada, de al menos un año, en el desarrollo de programas de inclusión laboral de personas con discapacidad.
- Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o la percepción de ningún tipo de cantidad o tarifa a personas trabajadoras o empresas.

De conformidad con el artículo 14 de la Orden 53/2019, de 5 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la valoración de las solicitudes presentadas se efectuará en función del tipo y grado de discapacidad de las personas trabajadoras contratadas que van a recibir el apoyo y del número de trabajadores y trabajadoras con discapacidad contratados con carácter indefinido que van a recibir las acciones de empleo con apoyo.

6.600 euros anuales por cada persona trabajadora con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual o del desarrollo con un grado de discapacidad con un del grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
4.000 euros anuales por cada persona trabajadora con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual o del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100.
2.500 euros anuales por cada persona trabajadora con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100 y personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
1.625 euros anuales en el caso de personas trabajadoras con capacidad intelectual límite.

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos:
Documentación relacionada con la entidad:
- Copia del poder suficiente en derecho que acredite las facultades de representación de que la persona que formula la solicitud.
- Escritura de constitución y estatutos.
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal del solicitante.
- Convenio o convenios de colaboración entre la empresa promotora y la empresa empleadora, en caso de ser distintas.
Documentación relacionada con trabajadores con discapacidad destinatarios de las acciones de empleo con apoyo:
- Relación de personas trabajadoras con discapacidad destinatarias de las acciones de empleo con apoyo, según modelo recogido en el Anexo II.
- Copia de los contratos de trabajo debidamente comunicados al SEPE.
- Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total o gran invalidez.
- Anexo con la autorización para la consulta de datos sobre discapacidad (Anexo III)
Documentación relacionada con los/las preparadores laborales:
- Relación de los/las preparadores laborales, según el modelo recogido según modelo recogido en el Anexo II.
- Copia de los contratos de trabajo comunicados al SEPE o compromiso de contratación en el caso de no haberse realizado a la fecha de presentación de la solicitud.
- Certificados de las empresas, en las que hayan trabajado los preparadores laborales, en las que figure una experiencia previa de al menos un año en actividades de inclusión laboral de personas con discapacidad que les capacite para la realización de las funciones propias de su puesto.
- Anexo para la consulta de los datos de titulación ( Anexo IV)

Dirección General de Programas de Empleo
Dirección Postal:
Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España
Teléfono(s): 925265685
Fax(s): 925286962
La resolución se notificará a los interesados por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de septiembre, de Procedimiento Administrativo Común.

Modelos del trámite

Anexo IV. Autorización preparador laboral.
Anexo II. Relación trabajadores con discapacidad.
Anexo III. Autorización consulta discapacidad.