Concesión directa de ayudas dirigidas a cooperativas y sociedades laborales afectadas por covid-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo en Castilla-La Mancha

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1005771

Fuera de plazo presentación solicitudes

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular la concesión directa de subvenciones, parael fortalecimiento y desarrollo de las cooperativas y sociedades laborales mediante la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo.
La incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo deberá realizarse en el periodo comprendido desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

Las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea.
Es aplicable en tanto no sea objeto de modificación la definición prevista en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Así mismo, para ser beneficiarias, las cooperativas y las sociedades laborales deberán favorecer la creación de empleo estable con la incorporación de personas socias trabajadoras o personas socias de trabajo, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
b) Desarrollar la actividad económica dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
c) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello. e) No estar incursos en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
g) No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

1. La cuantía de la subvención será de 10.000 euros por cada persona que se incorpore a jornada completa, que serán objeto de minoración de forma proporcional a la jornada realizada cuando la incorporación sea a tiempo parcial.
2. La cuantía de la subvención del apartado 1, se incrementará un 20% si se trata de incorporación de una persona con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33%.
3. La cuantía de la subvención del apartado 1, se incrementará un 20% si se trata de incorporación de una mujer.
4. La cuantía de la subvención obtenida conforme al apartado 1, se incrementará en un 20% cuando la actuación se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha, o reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha.

Desestimatorio

Con la solicitud, la documentación a aportar es:
1º. Anexo I-A y Anexo I-B. Tantos como socios/as trabajadores/as se incorporen.
2º. Documentación acreditativa, en su caso, de la representación del firmante cuando el solicitante fuere persona jurídica, o cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante escritura pública, declaración en comparecencia personal del interesado, o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.
3º. Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la información correspondiente a los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), en los que está dado de alta.
4º. Último recibo abonado del IAE, si la Entidad tiene un importe neto de la cifra de negocio superior a un 1.000.000 de euros.
5º. En el caso de Cooperativas: certificado emitido por quien ostente la titularidad del órgano de administración de la entidad en el que se haga constar la duración de la jornada que tiene fijada la persona que se incorpora.
6º. En el caso de sociedades laborales: copia del contrato de trabajo.
7º. Cuando la persona o personas por las que se solicite la subvención hayan estado vinculadas a la entidad por contrato laboral temporal: copia del contrato o de los contratos de trabajo.
8º. Cuando la persona o personas por las que se solicita la ayuda se incorporen a la entidad a tiempo parcial: copia del contrato de trabajo. 9º. Certificado emitido por quien ostente la titularidad del órgano de administración de la Entidad, en el que conste la relación de las personas socias trabajadoras o de trabajo y de trabajadores por cuenta ajena, y la duración de la jornada de trabajo de cada una de ellas, en la fecha de presentación de la solicitud.

Modelos del trámite

Anexo II. Aportación documentación
Anexo I-A. Autorización comprobación datos personales
Anexo I-B. Incorporación socios