Solicitud de subvenciones -ADELANTE INVERSIÓN- para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha. FIE-2023 (DISP 9.8 RESOL. 23/11/2022, CONV 2022)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004580

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Solicitudes presentadas a partir del día 29/12/2022 hasta la el inicio del plazo de presentación de solicitudes de la siguiente convocatoria de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 de la Orden de bases.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos y productos fabricados en la región, la diferenciación de estos frente a la competencia y la apertura a nuevos mercados para alcanzar la consolidación del tejido empresarial de la región.

Las pymes, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que tengan ánimo de lucro, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla-La Mancha y que realicen alguna actuación subvencionable con arreglo a la orden de bases reguladoras.

Serán consideradas como beneficiarias de estas ayudas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable conforme a la orden de bases reguladoras.

- Requisitos de los beneficiarios: los establecidos en el artículo 4 de la Orden de Bases Reguladoras.
- Requisitos de los proyectos: los establecidos en el artículo 11 de la misma Orden.
Requisitos destacables:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.
- Que el ejercicio de la actividad económica y las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
- No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar en los 2 años anteriores.

Artículo 18 de la Orden de bases reguladoras. Entre otros:
a) Generación de empleo. 30 ptos.
b) Alienados con objetivos evolución social y económica. 20 ptos.
c) Mujeres y/o jóvenes menores de 30 años y/o personas mayores de 55 años y/o desempleadas de larga duración y/o personas con discapacidad. 20 puntos.
d) Menor tamaño empresa: 20 ptos.
e) Proyectos declarados prioritarios: 15 ptos.
f) Encuadramiento empresa sectores prioritarios (S3): 10 ptos.

Desestimatorio

A la solicitud de la subvención (Anexo I de la Resolución de convocatoria) se acompañará el Anexo III-Memoria del proyecto empresarial a realizar, y el resto de documentación establecida en la disposición novena de la referida Resolución:
- Número de Identificación Fiscal (NIF), en el caso de personas jurídicas.
- Acreditación de la representación del firmante.
- Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones.
- Si la empresa está en constitución: certificación negativa de denominación social, proyecto de estatutos, relación nominal de socios promotores y NIF provisional.
- En caso de comunidad de bienes o cualquier otro tipo de entidad sin personalidad jurídica: Estatutos, compromisos de ejecución asumidos e importe de subvención a aplicar por cada socio así como identificación del representante nombrado.
- Informe de plantilla media anual de todas las cuentas de cotización de la empresa.
- Informe de vida laboral de los autónomos, en su caso.
- Declaración del impuesto de sociedades, referido al último ejercicio cerrado.
- Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio contable cerrado (o IRPF, en su caso).
- Declaración responsable que figura en el Anexo II de la resolución de convocatoria acreditativa de los datos de efectivos y los importes financieros de la empresa solicitante e identificando las empresas asociadas o vinculadas.
- Facturas ¿pro-forma¿ de todas las actuaciones.
- Informe de vida laboral a fecha de presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria, en caso de creación de empleo.
(Estos dos últimos informes serán de plantilla media anual, en caso de empresa acogida a actividad estacional).
- En caso de discapacidad o desempleo de larga duración, documentación acreditativa.

Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán únicamente de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha NOTIFIC@
Para cualquier duda o aclaración:
Albacete: 967557811 -967557814 - 967557816 - 967557817
Ciudad Real:926277264 - 926277263 - 926276294 -926276732
Cuenca: 969177078
Guadalajara: 949887832 -949888672
Toledo: 925259654 - 925248310 - 925266606
Correo electrónico: serviciodeincentivacion@jccm.es
Una vez presentada la solicitud, toda documentación adicional a aportar al expediente ya sea por requerimientos, aportación de documentos del interesado, ratificaciones o documentación justificativa, se realizará de forma telemática, con firma electrónica, mediante la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente

Modelos del trámite

Anexo II Periodo transitorio FIE 2023
Anexo III Memoria Proyecto FIE 2023
Anexo II Declaracion FIE 2022
Anexo VII Sucesion FIE 2022
Anexo III Memoria Proyecto FIE 2022
Anexo X Consulta Datos Discapacidad FIE 2022
Anexo IV-Solicitud abono
Anexo VI-Memoria justificativa
Anexo IX-Solicitud modificacion proyecto
Anexo V-Relacion de facturas