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PROCEDIMIENTO: 

040243 ACREDITACION DE SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA: AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA

Plazo de resolución: 

6 meses

Efectos silencio: 

Estimatorio

SK1J ACREDITACION DE LOS SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA: AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA.

Plazo de presentación de solicitudes: 
Abierto permanentemente
Objeto: 
Establecer los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los servicios privados de atención domiciliaria: en concreto el servicio de ayuda a domicilio y el de teleasistencia, a prestar en el ámbito territorial de la comunidad Autónoma de Castila- La Mancha.
Destinatarios: 
Toda persona física o jurídica, pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que preste actividades con carácter permanente dentro del ámbito de los servicios sociales en Castilla-La Mancha
Requisitos: 
- La persona que ejerza la Dirección o Gerencia del servicio deberá contar con experiencia especifica en el sector de tres años debidamente acreditada o tener titulación universitaria y haber realizado formación complementaria en las materias relacionadas con el servicio o con la atención a la dependencia.
- Si el servicio lo presta una persona trabajadora autónoma, deberá de contar necesariamente con la titulación o certificado de profesionalidad exigido para el servicio de que se trate.
- La entidad prestadora o gestora del servicio deberá desarrollar un plan anual de formación para sus trabajadores.
- Disponer de una Cartera de Servicios, que recoja las prestaciones que ofrece.
- Tener una Carta de Servicios, que refleje los compromisos de calidad con las personas usuarias y sus familias, los derechos y deberes de los usuarios y la forma de presentación de quejas y sugerencias.
- Tener un Plan de Calidad del servicio.
- Llevar un libro-registro de las personas usuarias.
Criterios: 
Cumplir con los requisitos de acreditación comunes a los servicios de atención domiciliaria y con los requisitos específicos para el servicio de ayuda a domicilio y el servicio de teleasistencia, recogidos en la normativa reguladora de referencia.
Documentación a aportar: 
- Copia de la escritura de constitución y copia del CIF.
- Cartera de Servicios.
- Carta de Servicio.
- Plan de Calidad del Servicio.
- Organigrama y plantilla de personal adscrito al servicio, así como el compromiso de mantener los puestos de trabajo del personal mínimo exigido en función del servicio, durante el periodo de vigencia de la acreditación.
- Si se actúa por medio de representante, acreditación de la representación que ostenta.
- En el caso de solicitar la renovación de la acreditación, la documentación anterior no será necesario presentarla, salvo que se hayan producido modificaciones que afecten a la citada documentación.
- No es necesario presentar la Cartera de Servicios, la Carta de Servicio y el Plan de Calidad del Servicio, si la entidad dispone DE CERTIFICACIÓN VIGENTE DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA UNE 158301 (Servicio de Ayuda a Domicilio) o UNE 158401(Servicio de teleasistencia)
Si la acreditación la solicita una persona auxiliar de ayuda a domicilio autónoma:
- Documentación acreditativa de su cualificación profesional.
- Cartera de Servicios (en los términos de los artículos 6 y 7 de la Orden de 18/06/2013 citada)
- Carta de Servicio (en los términos de los artículos 6 y 8 de la Orden de 18/06/2013 citada)
- Copia del NIF/NIE, en el caso de que el interesado no haya autorizado expresamente a esta Consejería a comprobar los documentos acreditativos de identidad.
Lugar de presentación: 
a) De manera presencial en el Registro de los Servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus Delegaciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) De manera telemática, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección: www.jccm.es
Información Adicional: 
Puede dirigir sus dudas a:
inspeccion.bs@jccm.es
Marco legal: 

DOCM: 15/12/06 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (artículos 16.3 y 34.2)
DOCM: 25/06/13 Orden de 18/06/2013, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha.
DOCM: 31/12/10 Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
DOCM: 21/05/99 Decreto 53/1999, de 11/05/1999, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE DESARROLLA REGLAMENTARIAMENTE LA LEY 3/1994, DE 3 DE NOVIEMBRE, DE PROTECCION DE LOS USUARIOS DE ENTIDADES, CENTROS Y SERVICIOS SOCIALES EN CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 01/12/15 Orden de 25/11/2015, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden de 18/06/2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha, la Orden de 21/05/2001 por la que se regulan las condiciones mínimas de los centros destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha, y se convoca procedimiento de habilitación excepcional para determinados perfiles de auxiliares de ayuda a domicilio, gerocultores y cuidadores de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
DOCM: 12/01/18 Orden 1/2018, de 8 de enero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen los procedimientos de habilitación excepcional y de habilitación provisional para el personal de atención directa de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y se fijan determinados plazos y excepciones de cualificación de dicho personal.
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